martes, 10 de noviembre de 2015

CAMPAÑA: REGALO DE NAVIDAD

La coordinación de Recursos para los Aprendizajes emprendió una campaña titulada #PedidosParaNavidad, que busca resaltar regalos navideños que no tienen nada que ver con lo material, por el contrario, intenta rescatar valores morales y familiares que se han  perdido.
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 

lunes, 26 de octubre de 2015

ELECCIONES ESCOLARES

Hoy 26/10/2015 celebramos un día importante para toda la comunidad escolar, ya que en las instalaciones del Plantel los niños van a elegir a través del voto a sus representantes  del Gobierno Escolar. Cabe resaltar que para estas elecciones la comisión de controlaría habilitó tres mesas de votación, en las que los escolares podrán sufragar a través de un sistema computarizado. Es importante saber que las mesas de votación serán custodiadas por la  Patrulla Escolar. Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 

viernes, 9 de octubre de 2015

INICIO DEL PROGRAMA SOBERANÍA ALIMENTARIA ESCOLAR

Motivado a la activación del programa de Soberanía Alimentaria Escolar, el personal de apoyo en conjunto con la dirección del plantel, se encargaron de hacerle mantenimiento a los distintos utensilios de la cocina y acondicionaron el espacio donde se va a desarrollar dicho programa. Cabe destacar que en un primer momento el SAE va a llegar a todos los niños y niñas de la institución (solo almuerzo) y así contribuir con el buen desarrollo de los escolares.
 Velandia ¡Orgullosamente lo nuestro! 


miércoles, 7 de octubre de 2015

RECURSOS PARA LOS APRENDIZAJES

Motivado al comienzo de las eliminatorias al Mundial Rusia 2018, el Centro de Recursos para los Aprendizajes quiere homenajear y dar a conocer a nuestra selección de fútbol, mejor conocida como Vinotinto, su historia a lo largo del tiempo.
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 

jueves, 1 de octubre de 2015

RECURSOS PARA LOS APRENDIZAJES


El Centro de Recursos para los Aprendizajes dispuesto a fortalecer los procesos de enseñar y aprender a través de estrategias y recursos audiovisuales  que permitan el desarrollo integro de los niños y niñas. 
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 

Recursos para los Aprendizajes


miércoles, 30 de septiembre de 2015

TERCER GRADO SECCIÓN "C"

Blog oficial del tercer grado sección "C" profesora Esmeralda Vivas.



Día de la Secretaria

Felicitaciones por parte de la profesora Maribel Figuera Directora del plantel a las secretarias en su dia. Felicidades. Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 


Día de la Secretaria

BIENESTAR ESTUDIANTIL TURNO TARDE

Blog oficial de Bienestar Estudiantil turno tarde, dirigido por la profesora Elizabeth Rosales 
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro!  



BIENESTAR ESTUDIANTIL TURNO TARDE

Blog  oficial del cuarto grado sección "A" profesora Emilse Torres
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 


CUARTO GRADO SECCIÓN "A"

TERCER GRADO SECCIÓN "A" Profesora Lolimar Ramirez

Blog oficial del tercer grado sección "A" de nuestro plantel.
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 


TERCER GRADO SECCIÓN ""A"

FELIZ DÍA DE LA SECRETARIA


martes, 29 de septiembre de 2015

PRIMER GRADO SECCIÓN "B"

Blog Oficial del primer grado sección "B", 
PRIMEO "B" Profesora Esperanza Suarez
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 

FORMACIÓN PERMANENTE TURNO MAÑANA

Bienvenidos al blog oficial de la coordinación de formación permanente, turno mañana dirigido por la profesora Derlis Rosales.
 Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro!

lunes, 28 de septiembre de 2015

PLANIFICACIÓN SEMANAL (RPA)

A continuación el centro de recursos para los aprendizajes publica su planificación semanal. 
Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 

PLANIFICACIÓN SEMANAL (RPA) 28-09 AL 02-10-2015

PATRULLA ESCOLAR (RPA)

RECURSOS PARA LOS APRENDIZAJES Y PATRULLA ESCOLAR

CULTURA TARDE José Alberto Velandia

BIENVENIDO AL BLOG DE LA ESPECIALIDAD CULTURA TURNO TARDE 
VELANDIA ¡ORGULLOSAMENTE LO NUESTRO! 

SEXTO "B" José Alberto Velandia

BIENVENIDOS AL BLOG DE SEXTO "B" TURNO MAÑANA 
VELANDIA ¡ORGULLOSAMENTE LO NUESTRO!

SEXTO "B" José Alberto Velandia

TERCERO "D" José Alberto Velandia


BIENVENIDOS AL BLOG DE TERCERO "D" TURNO TARDE 
VELANDIA ¡ORGULLOSAMENTE LO NUESTRO! 
TERCERO "D" José Alberto Velandia

Tercero "A" José Alberto Velandia

BIENVENIDOS AL BLOG DE TERCERO "A" TURNO TARDE. VELANDIA ¡ORGULLOSAMENTE LO NUESTRO! 
Tercero "A" José Alberto Velandia

INICIAL Sección "B" Turno Mañana


Ya pueden visitar los distintos blogs de nuestra Institución. Los mismos están clasificados por turno y por grado. Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro! 


INICIAL "B" José Alberto Velandia

viernes, 25 de septiembre de 2015

HIMNO AL VELANDIA

Himno al Velandia
Letra: Carmen Alicia Chacón R.
Música y Arreglo: Pablo I. Mora P.

CORO
Entonemos nuestro canto
Porque al Velandia, vengo a estudiar
Con valores, en casa, inculcados
En nuestra escuela, mejoraras.
I Estrofa
De científicos tenemos el nombre
De Andrés Bello su letra inmortal
Sabiduría y conocimiento
Nuestro recinto siempre tendrá. CORO
II Estrofa
Somos Maestros, Estudiantes y Obreros
Representantes y Comunidad
Todos unidos, cumpliendo un sueño
En Michelena es Educar. CORO
III Estrofa
Cinco de Marzo del Setenta y dos
Comienza un acto de entrega y amor
Y actualmente, toda su gente
Sigue enseñando a una sola voz. CORO
IV Estrofa
Generaciones demostrando a la Patria
Que en el Velandia siempre formarán
Seres pensantes y vigilantes

De la verdad y de la Paz. CORO

Recursos para los Aprendizajes (RPA)

La Coordinación de Recursos para los Aprendizajes cuenta en este nuevo año escolar 2015-2016 con una nueva herramienta llamada Escuela Plus. La misma consiste en una serie de videos formativos de diferentes contenidos que busca reforzar junto con la colección bicentenario y las distintas estrategias los procesos de enseñar y aprender. Velandia ¡Orgullosamente lo Nuestro!
RPA (ESCUELA PLUS)

jueves, 24 de septiembre de 2015

Prólogo de la Profesora Directora Maribel Figuera

Directora Maribel Figuera

NORMATIVO DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN


República Bolivariana de Venezuela
UNIDAD EDUCATIVA ESTADAL
DR. JOSÉ ALBERTO VELANDIA
Inscrita en el Ministerio del Poder Popular para la Educación
En el subsistema de Educación Básica
Bajo el código DEA: OD06582018



MANUAL DE ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIO


 


INDICE
PAG
INTRODUCCIÓN   ………………………………………………………………..             2
TITULO I: Disposiciones Fundamentales…………………………………..               3
TITULO II: De la Organización y Funcionamiento…………………………..            6
TITULO III: De los Derechos, Deberes y Normas de Comportamiento……         8
TITULO IV: Normas de Funcionamiento de la Convivencia Escolar……….       36
TITULO V: Actitudes que atentan contra la Convivencia Escolar………….       67
TITULO VI: Del Procedimiento…………………………………………………          71
TITULO VII: Del Centro de Resolución de Conflictos……………………..           76
TITULO VIII: De la Evaluación…………………………………………………           77
TITULO IX: Corresponsabilidad en los procesos de Enseñanza………             81





ACUERDOS DE CONVIVENCIA
U.E.E.DR. JOSÉ ALBERTO VELANDIA

La Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, consciente de su responsabilidad en el mejor cumplimiento de su Proyecto Educativo y de los objetivos establecidos en su Misión, presenta este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria, documento que tiene como finalidad coordinar y organizar la actuación de su Comunidad Educativa en plena armonía

El establecimiento de los acuerdos de convivencia escolar comunitaria va mucho más allá de ser un requisito formal establecido por las políticas educativas del Estado. Obedece a la necesidad de brindar una mejor orientación a las actitudes de las personas que hacen vida común en La Escuela, sobre la base de principios de igualdad, respeto y los circunscritos en las distinta leyes, aportando a un sano crecimiento y una convivencia solidaria dentro del plantel.

Durante sus 40 años de servicio la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia ha venido evolucionando en cuanto a su crecimiento estructural y humano. Comenzando en el año 1972 con una matrícula de 36  alumnos quienes recibían clase en la casa del Señor Martín Colmenares y no fue hasta el año 1974 cuando el señor José Contreras donó un terreno donde funcionaba una hacienda que posteriormente se transformaría en la estructura física que hoy conocemos.  Actualmente la Institución cuenta con una matrícula de 441 estudiantes, 47 Docentes, 2 Porteras, 2 Administrativo un Vigilante y 4 bedeles.

TITULO I

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

ARTÍCULO 1: La U.E.E. “Dr. José Alberto Velandia” tiene como misión promover y desarrollar un aprendizaje significativo dirigido a los escolares, con la  finalidad de  formar un egresado con espíritu crítico, reflexivo, participativo, con conocimientos científicos y tecnológicos, con sensibilidad artística y poseedor de herramientas que le permitan desarrollarse en el mundo actual, con habilidades, destrezas y virtudes hacia las actividades culturales, físicas, el deporte y  la recreación; constructor y promotor de una sociedad libre, democrática, participativa y protagónica.

ARTÍCULO 2: Seremos una escuela eficiente en la prestación de un servicio educativo orientado hacia el desarrollo integral del ser humano, bajo una concepción humanística, científica y tecnológica, basada en el desarrollo: ético (fundamentado en valores y principios), académico, tecnológico, deportivo y socio-cultural. Con una atención de alta calidad por parte de los actores del proceso educativo, Consejo Educativo,  Junta Directiva y  un gobierno escolar basado en el marco de los principios de unidad, solidaridad, integridad, compañerismo y participación democrática.

ARTÍCULO 3: El presente documento constituye Los Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria  de la U.E.E.”Dr. José Alberto Velandia”, durante el periodo escolar 2013-2014. Fundada el 05 de marzo de 1972 con sede en la urbanización Andrés Bello, Vereda 4 del municipio Michelena.


ARTÍCULO 4: La U.E.E.”Dr. José Alberto Velandia”,  es una institución educativa, adscrita a la Dirección de Educación dependiente de la Gobernación del Estado Táchira, sin fines de lucro, organizado de acuerdo al sistema Educativo Venezolano; el Sistema de Educación Básica, integrado por los niveles de educación inicial y educación primaria sustentado en la L.O.E., con código DEA: OD06582018, código estadístico: 200602 con RIF: J-31088533-8. Docentes de la  Institución, conjuntamente con los estudiantes, padres, madres, representantes, personal administrativo, obreros y Consejo Educativo que han contribuido a la elaboración de dicho Acuerdo de Convivencia, cuyo cumplimiento tiene carácter obligatorio.

ARTÍCULO 5: FINALIDAD DEL MARCO NORMATIVO
El presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria tiene por finalidad la organización y el funcionamiento de la Unidad Educativa Dr. José Alberto Velandia, con código DEA: OD06582018, código estadístico: 200602 con RIF: J-31088533-8, así como establecer los acuerdos de convivencia para todos los miembros de este centro educativo y garantizar a las niñas, niños y adolescentes una educación integral de la más alta calidad, que contribuya a su formación como ciudadanos y ciudadanas conscientes de sus derechos, deberes y garantías, libres, críticos, responsables y justos, críticos y honestos.

ARTÍCULO 6: FUNDAMENTACIÓN LEGAL
Constitución, LOE, Convención de los Derechos Humanos, Lopnna, Plan Estratégico Simón Bolívar, Lopa, Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docentes, Ley de Comunas, Ley de Discapacitados.



PRINCIPIOS

ARTÍCULO 7: Los principios aquí nombrados y todos aquellos que están en las leyes o convenciones de nuestro país.
A.   Interés superior del niño.
B.   Prioridad de Igualdad y no discriminación
C.   Principio de Participación.
D.   Principio de autoridad.
E.   Principio de Corresponsabilidad..
F.    Principio de Legalidad.
G.   Principio de justicia social


ARTÍCULO 8: Ámbito de aplicación. El presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar se aplica a la Unidad Educativa Estadal Doctor José Alberto Velandia.

ARTÍCULO 9: Tiempo de aplicación. El presente manual o acuerdo de convivencia tendrá vigencia para el año 2013-2014, previa aprobación de la primera asamblea  escolar de padres y representantes  









TITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN

ARTÍCULO 10: El presente acuerdo de convivencia escolar comunitario interno es de la U.E.E. Dr. José Alberto Velandia con sede en la Urbanización Andrés Bello, vereda 4 del Municipio Michelena; código DEA: OD06582018, código estadístico: 200602 con, RIF: J-31088533-8. Institución de carácter público donde se imparten los niveles de educación inicial y primaria, en dos turnos, con horario de cinco (5) horas cada uno.

ARTÍCULO 11: Organigrama.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN- SUPERVISOR
DIRECTOR
  CONSEJO EDUCATIVO                  SUB DIRECTOR              CONSEJO COMUNAL
                                                         COORDINADORES
                 PAEB                                                                BIENESTAR ESTUDIANTIL
      FORMACIÓN INICIAL                                                                  CRA
      FORMACIÓN PRIMARIA                                                       CANAIMITA
        ESPECIALISTAS
       EDUCACIÓN FISICA                                                           BIBLIOTECA
             CULTURA                                                            DIVERSIDAD FUNCIONAL
 TODOS MANOS A LA SIEMBRA                                                  MÚSICA 
DOCENTES DE AULA
ESCOLARES
PERSONAL ADMINISTRATIVO
PERSONAL DE APOYO
ARTÍCULO 12: Perfil del Consejo Educativo.
Responsables.
Comprometidos con las actividades y funciones.
Justas.
Solidarias.
Respetuosas de los derechos humanos.
Promotoras de la sana convivencia.
Prestos al llamado de la institución.
Que pertenezcan a la comunidad escolar de la Institución.

ARTÍCULO 13: Estructura física.  La edificación de la Unidad Educativa Estadal Doctor José Alberto Velandia está distribuida de la siguiente manera: 14 aulas, una cocina, un módulo (biblioteca y computación), una cantina, cuatro baños, una cancha, un patio central y un escenario
Las aulas, especialmente dotadas en atención a la edad de los niños que las utilizan, están acondicionadas para las tareas propias de cada nivel de escolaridad.

ARTÍCULO 14: Comité. La Unidad Educativa Estadal Doctor José Alberto Velandia cuenta con la participación y conformación de los siguientes comité: madres y padres, estudiantil, académico, comunicación e información, seguridad y defensa integral, deportes y educación física, cultura, infraestructura y hábitat escolar, contraloría social y economía escolar. Las funciones de cada comité se pueden encontrar en la resolución 058.




TITULO III
DE LOS DERECHOS,  DEBERES Y NORMAS DE COMPORTAMIENTO
CAPITULO I DE LOS DERECHOS
SECCIÓN PRIMERA.
DERECHOS COMUNES
ARTÍCULO 15: Todo el personal que integra la comunidad escolar tiene derecho además de todos los contemplados en la ley o el ordenamiento jurídico a los siguientes:
A.   Tienen  derecho a ser respetados por todo el colectivo  educativo, en todos sus ámbitos (superiores e inferiores).
B.   Tienen derecho a laborar en un ambiente  armonioso, donde prevalezcan los valores éticos y morales, con respeto a la autoridad, planteamientos adecuados, aplicar normas del buen oyente y hablante.
C.   Representar al Plantel en todas las actividades.
D.   En caso de una eventualidad médica tendrá derecho a trasladarse al centro de salud con el permiso del docente de guardia o directivo.
E.   Derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con el colectivo educativo.
F.    Derecho a que se le respeten los beneficios otorgados según el contrato colectivo.
G.   Derecho a conocer las normas del Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.
H.   Derecho a conocer los movimientos y cuentas de los fondos tanto de comisiones como de cuotas especiales o colaboración.

SECCIÓN SEGUNDA
DIRECTIVO

ARTÍCULO 16: Los Docentes con funciones de Director y Sub-Director, además de gozar de los derechos contemplados en el orden jurídico vigente tienen derecho a:

A.   Tiene derecho a ser reconocido como la primera autoridad de la Institución y ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación,  Dirección de Educación, es la autoridad responsable neta en lo que concierne a las relaciones con el mismo y demás autoridades e instituciones, la única autorizada.
B.   Derecho a Ejercer la autoridad del Plantel y coordinar el trabajo del personal a su cargo: Docente, Administrativo y Obrero.
C.   Derecho a Ejercer la dirección pedagógica de  y supervisar el desarrollo de la enseñanza en cada una de las áreas, por si misma, o a través de la persona que sea asignada o ella autorice.
D.   Derecho a Presidir los actos de la Institución, y representarlo en aquellos actos de carácter público y/o oficial, a través de su persona, u otra designada por ella.
E.   Firmar la correspondencia oficial, y demás documentos concernientes al buen funcionamiento de la Institución.
F.    Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter administrativos.
G.   Derecho a ser informado sobre los proyectos productivos desarrollados en la escuela.
H.   Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter administrativos.
I.      Asistir y participar en  congresos, conferencias, talleres, entre otros para  beneficio de su formación humana y profesional.
SECCIÓN TERCERA
DOCENTE
ARTÍCULO 17: Los Docentes, además de gozar de los derechos contemplados en el orden jurídico vigente tienen derecho a:
A.   Todo Docente tiene derecho a gozar del día siguiente de su cumpleaños según Circular de la Gobernación del estado Táchira     N°  036  del 30 de marzo 2001 siempre y cuando pague su suplente.
B.   Asistir y participar en  congresos, conferencias, talleres, entre otros para  beneficio de su formación humana y profesional. Dejando su suplente correspondiente cuando colide con su horario laboral.
C.   Derecho a que se respete los años de servicios para: cambio de turno, coordinaciones y especialidades de acuerdo a sus capacidades intelectuales y aptitud para el trabajo en equipo. De igual manera al ingresar un nuevo Docente el mismo ejercerá su labor en el turno de la tarde y seguidamente el Docente más antiguo del turno de la tarde pasará a ejercer sus labores en el turno de la mañana, siempre y cuando haya vacante.
D.   Derecho a que la información de las diversas actividades a realizar emanada por Dirección de Educación, Supervisores, Directivo, Coordinadores y Especialistas, llegue a los Docentes de aula oportunamente  por escrito a través de oficios o  circulares. Tiempo. Mínimo 24 horas antes dependiendo de la actividad.
E.   Derecho a que se respete  la autonomía de cada docente dentro de su aula de clase. Según artículo 10 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente.
F.    Cada docente de aula tiene derecho de recibir ayuda y orientaciones pedagógicas por parte de los docentes encargados de las distintas coordinaciones.
G.   Derecho a solicitar peticiones por escrito a las coordinaciones y dirección y a obtener respuesta de igual forma en un lapso no mayor a dos días hábiles  siguiendo los canales regulares. Previa justificaciones estipuladas.
H.   Derecho a manifestar  libremente, de asociación y sindicalización, siempre y cuando no entorpezca las labores académicas
I.      Ser evaluado de manera justa y hacer de su conocimiento del instrumento con el cual fue evaluado.
J.    Derecho a conocer de la agenda del consejo de Docentes un día antes que se desarrolle el mismo.
K.   Derecho a recibir lineamientos de los especialistas.
L.    Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.

SECCIÓN CUARTA.
 PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 18: El personal administrativo, además de gozar de los derechos contemplados en el orden jurídico vigente tienen derecho a:
A.   Tiene derecho a estar informado en los aspectos inherentes de sus funciones.
B.   Tiene derecho a una carga de trabajo con equidad entre los demás compañeros del personal administrativo
C.   A que se le respete el tiempo entre un trabajo y otro dependiendo de la urgencia del caso.
D.   Derecho a que la carga de trabajo sea solo de parte de la dirección del plantel  no de los docentes de aula coordinadores y/o especialistas.
E.   El jefe inmediato del personal administrativo es el personal directivo del plantel, y en su ausencia los coordinadores a cargo de la institución.
F.    Derecho a opinar en relación a la mejor forma de ejercer su trabajo.

SECCIÓN QUINTA.
 PERSONAL OBRERO
ARTÍCULO 19: El Personal obrero, además de gozar de los derechos contemplados en el orden jurídico vigente tienen derecho a:
A.   Derecho a que se le respeten los beneficios otorgados según el contrato colectivo.
B.   Derecho a que el personal Directivo, Docente, Administrativo y Estudiantes, colaboren con el buen mantenimiento y orden de la Institución.
C.   Derecho a ser escuchados teniendo una participación activa en la toma de decisiones en sus funciones y en las inherentes a las del plantel.
D.   Derecho a ser dotados del material de limpieza y herramientas necesarias para realizar el mantenimiento adecuado de la Institución.
E.   Derecho a tener participación en las diferentes actividades sociales, culturales, deportivas y recreativas de la Institución si así lo deseara.
F.    Derecho a ser respetados  por parte de Supervisores, Directivo, Docente y Administrativo, en cuanto a sus funciones laborales asignadas en la Institución según sus lineamientos.
G.   Derecho a realizar acuerdos mutuos para el ejercicio de sus labores,(espacios a limpiar y horarios) previa autorización del Directivo.
H.   Derecho a que se le respeten los acuerdos internos entre el personal de apoyo, previa autorización del Directivo.
I.      Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria
SECCIÓN SEXTA.
 MADRES, PADRES Y RESPONSABLES
ARTÍCULO 20: Las Madres, Padres o Responsables tienen derecho a:

A.   Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, Nunca deberá ser tratado de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona.
B.   Derecho a que los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad que sean niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, reciban orientación y educación integral de la más alta calidad.
C.   Derecho a tener voz y voto en las asambleas de Padres y Representantes.
D.   Derecho a elegir y ser elegidos como miembros de la Junta Directiva del Consejo Educativo de Padres y Representantes.
E.   Derecho a ser informado al final del año escolar del manejo y administración de los fondos de la colaboración anual.
F.    Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y adolescentes; estudiantes del plantel
G.   Derecho a opinar libremente sobre todos los asuntos de la vida de la Institución en que tengan interés y sea de su incumbencia.
H.   Derecho a recibir de las autoridades correspondientes constancia escrita de haber asistido a la Institución, cuando la misma sea necesaria.
I.      Derecho a conocer el ideario, la misión y visión de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia.
J.    Derecho a ingresar y transitar por los espacios de la Institución en los horarios establecidos por el funcionamiento de la Escuela.
K.   Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico y en el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar


SECCIÓN SEPTIMA.
 ESTUDIANTES
ARTÍCULO 21: Se reconoce a todos los niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Dr. José Alberto Velandia los derechos y las garantías establecidos en la Constitución y  Lopnna, demás leyes pertinentes, además de los siguientes:

A.   Contar con las oportunidades y servicios educativos que les conduzcan a una formación integral de acuerdo a los ideales de la Constitución Bolivariana, Ley Orgánica de Educación bajo sus disposiciones transitorias, Ley Orgánica de Protección al niño, niña y adolescente, Derechos Universales, en condiciones de libertad y dignidad, de tal forma que puedan desarrollar su personalidad, aptitudes y actitudes, juicio individual, sentido de responsabilidad personal y de solidaridad social.
B.   Derecho a ser informado, a participar activa y efectivamente en la organización, promoción y realización de actividades de formación académica y difusión artística, cultural, actos cívicos conmemorativos, deportivos, recreacionales, brigadas, comisiones y en otras actividades programadas conjuntamente con la comunidad que beneficien y propicien las relaciones de la Institución con su medio circundante.
C.   Derecho a ser evaluado apropiadamente, a recibir de sus docentes las pruebas, tareas y otras asignaciones, previamente corregidos, para su revisión y a solicitar la reconsideración de las actividades de evaluación, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar.
D.   Solicitar ante las autoridades del plantel, con veinticuatro horas de anticipación, (24) cualquier documento que requiera, siempre y cuando sean de la responsabilidad de la Institución otorgarlo: Carta de buena conducta, constancias de estudio, de inscripción, de retiro  entre otros.
E.   Derecho a recibir, previo cumplimiento de los requisitos legales, el certificado de promoción tanto de Inicial como de Primaria.
F.    Al finalizar cada proyecto el escolar tiene derecho a recibir su boletín.
G.   Los escolares podrán venir en ropa particular el día de su cumpleaños.
H.   Los estudiantes que lleguen 10 minutos después de haber comenzado la hora académica, es decir, 7:10 am y 12:40 a la institución, tendrán derecho a tres pases durante el año escolar, al excederse el representante será notificado por el coordinador de B.E.
I.      Ser escuchados por el docente de aula, coordinadores  o directivos en caso de reclamos y peticiones.
J.    Derecho a que los docentes dedicados al proceso formativo sean profesionales que ejerzan sus funciones como: orientación, puntualidad, preparación de clases y actividades complementarias, evaluación continua del proceso de aprendizaje, así como la explicación oportuna, correcta y retroalimentación sobre las asignaciones y procesos de investigación.
K.   Derecho a mantener su inscripción en la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, siempre que cumplan tanto él como su representante con los requisitos y disposiciones previstos en el ordenamiento jurídico y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.
L.    Derecho a respetar su cambio de turno en caso que lo solicite, siguiendo los canales regulares, previo estudio del Directivo siempre y cuando haya la vacante o cupo.
M.   Derecho a gozar de un ambiente limpio, sano y agradable para llevar a cabo los procesos de enseñanza y aprendizaje.
N.   Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitario.

CAPITULO II
DE LOS DEBERES Y NORMAS DE COMPORTAMIENTO
SECCIÓN PRIMERA.
DEBERES COMUNES
ARTÍCULO 22: Además de los deberes inscritos en el orden jurídico vigente tienen el deber de:
A.   Conocer y cumplir el contenido y alcance de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Decretos, Resoluciones u órdenes administrativas, Instrucciones o Circulares emanadas por el Ministerio del Poder Popular de la Educación, Dirección de Educación y Acuerdos de Convivencia de la Institución.
B.    Asistir regular y puntualmente a todas las actividades de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia que le correspondan, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas.
C.    Cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales, legales reglamentarias o administrativas.
D.   Mantener una buena apariencia personal, acorde con la práctica de los distintos valores.
E.   Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas); o ingresar a la Institución cualquiera de estas sustancias u otras sustancias químicas que alteren el normal desenvolvimiento de las actividades escolares.
F.    Se prohíbe la venta o intercambio comercial de cualquier artículo comestible, juegos, accesorios entre otros.
G.   Uso responsable de su teléfono celular, no debe de portar ni hacer uso de este cuando esté en su horario de trabajo a menos que se trate de casos de emergencia. Entiéndase por uso del teléfono celular el hablar o enviar mensajes de texto.

  
SECCIÓN SEGUNDA
PERSONAL DIRECTIVO
ARTÍCULO 23: El Director de la U.E.E. Dr. José Alberto Velandia, en lo concerniente al régimen interno, es la primera autoridad de la Institución y, ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación y Dirección de Educación del Estado Táchira, es la autoridad responsable neta en lo que concierne a las relaciones con el mismo y demás autoridades e instituciones. Además de los deberes establecidos en el orden jurídico tiene los siguientes:
A.   Notificar al personal de las distintas circulares y comunicados de la superioridad y aclarar el contenido de las mismas.
B.   El Subdirector de la U.E.E. Dr. José Alberto Velandia, en lo concerniente al régimen interno, es la segunda autoridad de la Institución y suplirá las faltas temporales del Director.
C.   Las funciones directivas serán regidas por el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, LOE y Manual de Directores, supervisores y docentes.
D.   Orientar al personal nuevo en la Institución en cuanto al funcionamiento, desempeño laboral y lineamientos correspondientes al quehacer diario de la escuela.
E.   El Director (a) Representará la Institución en todo acto que oficialmente fuere invitada. En caso de impedimento alguno, realizar la designación oportuna respectiva.
F.    Mantener informados a los integrantes del colectivo educativo de los lineamientos y directrices a que este sometido el plantel.
G.   Dar a conocer la agenda de los consejos de Docentes con anticipación, previa convocatoria a través de una circular, que firmará cada uno de recibido.
H.   El horario del personal directivo debe estar elaborado de manera tal, que siempre el plantel esté en actividad, se encuentre por lo menos, un miembro de dicho personal en el mismo. De igual manera, debe ser el primero en llegar a la Institución, aun cuando tenga que retirarse a cumplir compromisos que su cargo lo ameriten.
I.      En dirección debe reposar un banco de datos de docentes suplentes.
J.    Diseñar el plan anual del plantel y someterlo a consideración del consejo general de docentes en el primer trimestre.
K.   La dirección del plantel se encargará de nombrar los docentes que participaran en las distintas comisiones siendo rotativas cada año. De igual forma seleccionara los grupos de docentes que asistirán a los desfiles conmemorativos de las distintas efemérides.
L.    El Directivo debe respetar libremente el deseo del trabajador de no asistir a alguna actividad extra de la Institución (paseo o fiesta), bajo la condición de que si la actividad es en horario de trabajo él mismo debe cumplir su horario laboral en la sede de la Institución.
M.   Atender con respeto, cordialidad y equidad a los niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Dr. José Alberto Velandia,  así como a sus padres, madres, representantes y responsables, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto.
N.   Mantener en  orden el archivo.
O.   El Sub-Director (a)  representa al cuerpo Directivo del plantel.


SECCIÓN TERCERA
PERSONAL  DOCENTE
ARTÍCULO 24: Además de los deberes inscritos en el orden jurídico vigente tienen el deber de:
A.   Los docentes pueden realizar estudios superiores dentro del horario escolar, siempre y cuando cumplan con la asignación de su respectivo suplente.
B.    Escuchar y permitirle al escolar expresar sus ideas, sugerencias e inquietudes cuando sea necesario prevaleciendo un ambiente de respeto y equidad.
C.   El docente debe llevar al día el control de los registros de los escolares (evaluaciones, asistencias, comportamiento, incidencias, visita de representantes, planificación diaria, proyectos de aula entre otros). Es necesario que los mismos permanezcan dentro del aula de clase al igual que los expedientes de cada niño, niña y adolescente.
D.   El docente de aula debe elaborar la planificación semanal  instruccional y evaluativa para cada proyecto y presentarlas a la coordinación de formación docente, en las fechas acordadas.
E.   El Docente debe a la hora de entregar los informes descriptivos explicar y leer a cada niño, niña o adolescente su boletín y explicárselo.
F.    En caso ausencia el docente tiene el deber de solicitar el permiso por escrito anticipadamente al Directivo hasta por tres días hábiles,  de ser mayor a esto  al Supervisor o Dirección de Educación y esperar respuesta de la misma dejando su respectivo suplente, a quien le dejará la planificación y demás formatos necesarios para el desarrollo de la clase.
G.   Los docentes deben registrar su asistencia en el instrumento designado por la  Institución firmar a la hora de entrada y a la hora de salida.
H.   Los docentes de primaria deben cumplir con las guardias generales y de receso planificadas por el Directivo.
I.      Los docentes deben tener un tono de voz adecuada, evitar los gritos.
J.    Presentar en la dirección del plantel la designación emanada de Dirección de Educación
K.   Todo Docente de aula y especialista debe dejar suplente en caso de ausencia.
L.    Entregar a la dirección del plantel para que repose en el archivo una carpeta marrón tipo oficio con su respectivo currículo y soportes, fotos actualizadas tipo carnet, copias de la cédula de identidad, exámenes médicos (certificado de salud, foniatría y salud mental), relación de cargo, copia de la libreta bancaria , RIF, y demás documentos que se consideren pertinentes.
M.   Mantener al día todos los recaudos exigidos por la dirección del plantel
N.   Brindar orientación y educación integral de la más alta calidad a los niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Dr. José Alberto Velandia, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, resoluciones y demás normativa legal vigente.
O.   Atender con respeto y amabilidad a todos los integrantes del colectivo escolar y tratar de entregar en el menor tiempo posible los documentos solicitados por los mismos.
P.   Dentro del ambiente de trabajo los Docentes deben tratarse con respeto, amabilidad, cortesía, discreción, humildad y solidaridad para mantener una convivencia en armonía.   
Q.   Exigir la disciplina, promover la armonía y consolidar el principio de autoridad en la Institución, el aula y la comunidad.
R.   Visitar con mayor frecuencia los espacios de aprendizaje (aulas, cancha o escenario) con el objeto de evaluar y orientar al buen trato del docente para con los escolares.   
S.   Asistir regular y puntualmente (por lo menos diez minutos antes) a todas las actividades docentes y de la Institución que le correspondan, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas.
T.    Cumplir con todas las obligaciones laborales, legales reglamentarias o administrativas.
U.   Debe entonar el Himno correctamente y preocuparse porque éste sea respetado al igual que los otros símbolos patrios.
V.   Mantener la confidencialidad y el tratamiento adecuado de aquellos casos tratados en los Consejos de Docentes o relacionado con situaciones particulares de los niños, niñas y adolescentes.
W.  Corregir, calificar, discutir y entregar en clase, todos los trabajos que encomienda realizar a los niños, niñas y adolescentes, y llevar cuidadoso registro de los resultados.
X.   Asistir a las reuniones ordinarias del Consejo de Docentes, con carácter de obligatoriedad así no sean en su horario de clases, a las reuniones de Representantes y a los demás actos para los cuales fuere convocado.
Y.   Asistir y participar en las actividades que organice la Dirección de La Escuela, o las autoridades Educativas competentes, en beneficio de su formación humana y profesional como talleres, conferencias, reuniones.
Z.    Toda persona que se incorpore a cumplir funciones dentro del plantel respetar las tradiciones y normas establecidas dentro de la Institución, así como participar en las mismas.
AA.               Solicitar autorización a la Dirección cuando se planifique una actividad extra escolar que necesite salir de la Institución.
BB.               Los docentes no podrán ofertar ni comercializar mercancía o servicios de ningún tipo dentro de la Institución.
CC.              Si tiene alguna emergencia y necesita salir del aula, ante de finalizar la hora de clase, debe notificarlo ante la Dirección o al Docente de guardia respectivo.
DD.              Evitar asistir a establecimientos públicos donde se venda o se expenda bebidas alcohólicas con el uniforme del plantel o alguna indumentaria que lo identifique  como miembro del mismo.
EE.               Realizar visitas a los hogares de los niños, niñas y adolescentes cuando la circunstancia lo amerite.
FF.           No despachar escolares antes de la hora establecida en el horario escolar; autorizarlo solo cuando la situación lo requiera y bajo la responsabilidad del representante.
GG.              Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.


SECCIÓN CUARTA
PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 25: Además de los deberes inscritos en el orden jurídico vigente tienen el deber de:

A.    El personal de apoyo debe registrar su asistencia en el instrumento designado por la  Institución firmar a la hora de entrada y a la hora de salida.
B.    Evitar asistir a establecimientos públicos donde se venda o se expenda bebidas alcohólicas con el uniforme del plantel o alguna indumentaria que lo identifique  como miembro del mismo.
C.    Cuidar que las correspondencias emitidas por el Plantel, además de su buena presentación no contengan errores ortográficos.
D.    Cumplir con el horario de trabajo además de la puntualidad y responsabilidad en los compromisos adquiridos.
E.    Ser discretos y mantener absoluta reserva sobre los asuntos pertinentes al Plantel.
F.    No interferir en situaciones ajenas a sus funciones.
G.   Toda inasistencia debe ser justificada y reportada con anticipación si es planificada. Para esto el empleado llenará una planilla solicitando el permiso indicando día, lapso de tiempo (horas) y motivo. Luego traerá el justificativo correspondiente.   
H.    Evitar el consumo de alimentos en oficina o espacios donde se encuentren equipos (computadoras) o herramientas de trabajo.
I.      Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.

SECCIÓN QUINTA
PERSONAL OBRERO
ARTÍCULO 26: Además de los deberes inscritos en el orden jurídico vigente tienen el deber de:
A.   Acatar el Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia
B.    Mantener en completo aseo y limpieza de todas las áreas de la Institución, así como el mobiliario y demás materiales que conforman el plantel.
C.   Evitar escandalo o perturbación  mientras realizan la limpieza del aula de clase, cuando se entone cualquier Himno.  
D.   El personal de apoyo deben registrar su asistencia en el instrumento designado por la  Institución firmar a la hora de entrada y a la hora de salida.
E.   Cumplir con las indicaciones impartidas por el Directivo.
F.    Toda inasistencia debe ser justificada y reportada con anticipación si es planificada. Para esto el empleado llenará una planilla solicitando el permiso indicando día, lapso de tiempo (horas) y motivo. Luego traerá el justificativo correspondiente.
G.   Mantener una relación de respeto en el trato (no jugarse ni familiarizar) con los niños, niñas y adolescentes de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, para cualquier observación o llamado de atención diríjase al docente respectivo.
H.   Se prohíbe la venta o intercambio comercial de cualquier artículo comestible, juegos, accesorios entre otros.
I.      Abstenerse de entorpecer, dificultar o interferir el normal desarrollo de las actividades escolares y extra-curriculares.
J.    Mantener reserva estricta y no divulgar los contenidos e informaciones de los documentos que manejen y a los cuales tengan acceso.
K.   Evitar asistir a establecimientos públicos donde se venda o se expenda bebidas alcohólicas con el uniforme del plantel o alguna indumentaria que lo identifique  como miembro del mismo.
L.    Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.

SECCIÓN SEXTA
MADRES, PADRES Y RESPONSABLES
ARTÍCULO 27: Las Madres, Padres o Responsables deben además de lo concerniente al orden jurídico vigente:

A.   Acatar el Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia
B.   Garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad.
C.   Inscribir en las fechas establecidas por la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia a los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad.
D.   La educación es un derecho inalienable de los niños, niñas y adolescentes. Por tal motivo, los padres, madres, representantes y/o responsables deben exigir y asegurar la asistencia regular y puntual a las actividades escolares de los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad.
E.   Proveer a los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad, de los materiales y útiles necesarios para las actividades escolares.
F.    Participar activa y plenamente en el proceso educativo de los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad; así como en todos los ámbitos de la vida escolar.
G.   Es deber de la Madre, Padre o Representante leer sus derechos y deberes así como los de su representado a la hora de inscribirlo firmando su aceptación.
H.   En el caso de que su representado haya incurrido en falta, el representante o responsable debe actuar siguiendo los lineamientos sugeridos por el personal directivo para el correctivo de la conducta del niño, niña o adolescente.
I.      Asistir puntualmente en las fechas indicadas a las entrevistas, entregas de boletín y convocatorias que les realicen los docentes de aula y/o orientación psicológica o pedagógica y el personal directivo de la Unidad Educativa Dr. José Alberto Velandia; así como presentar los documentos y recaudos que les fueren solicitados por éstos.
J.    Firmar los documentos relativos al proceso educativo de su representado, cuando así lo exijan las autoridades competentes.
K.   Velar porque los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad, asistan a las actividades escolares usando el uniforme establecido en el ordenamiento jurídico y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas.
L.    Velar porque los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad cumplan todos sus deberes escolares y orientarlos en los mismos.
M.   Evitar la asistencia de sus respectivos representados o representadas a clases o a actividades programadas por La Escuela portando objetos u accesorios que puedan generar inconvenientes o accidentes (piercings, anillos, cadenas, zarcillos largos, equipos electrónicos o de sonido, cámaras fotográficas o filmadoras entre otros). En caso de pérdidas o accidentes causados por el incumplimiento de esta norma, La Institución quedará exenta de toda responsabilidad, debiendo ser asumida ésta por el o los niños, niñas y adolescentes involucrados y sus representantes.
N.    No enviar a su representado con afecciones y/o infecciones para evitar contagios, Existen bacterias, hongos, virus, parasitosis, ectoparásitos, etc., que se transmiten por contacto directo, por lo tanto deben ser cuidadosos.
O.   En el caso de que el niño, niña o adolescente haya padecido una enfermedad infecto contagiosa el representante o responsable deberá traer por escrito el alta médica de su representado con anticipación a su incorporación al aula.
P.   Cuando la madre, padre o representante legal necesite conversar con el docente, debe hacerlo en las horas planteadas (7:00am – 8:00am / 1:00pm a 2:00pm), no está permitido el acceso a las aulas, caminar por los pasillos ni asomarse por las ventanas de las aulas en horas de clases sin autorización del plantel.
Q.   Venir vestido adecuadamente a la hora de traer o retirar a su representado o acudir a alguna cita a La Institución, el representante debe evitar escotes, licras, chancletas, ropa con transparencias o muy ajustadas, faldas cortas, shorts.
R.   Responder por los daños y deterioros que ocasionen los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad, a los bienes muebles o inmuebles de La Escuela y cualquier otro material de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, de conformidad con la legislación vigente.
S.   El niño, niña y adolescente solo podrá ser retirado por otra persona (que no sea el representante), si el representante legal envía una autorización por escrito o comunica de manera verbal en forma personal a algún directivo de La Escuela o al propio docente.
T.    Devolver el boletín de calificaciones en buen estado, sin tachaduras ni enmiendas o que muestren signos de alteración en las apreciaciones.
U.   Cumplir con las colaboraciones sugeridas y aprobadas por la Asamblea General de Padres y Representantes; igualmente las acordadas en reuniones con el docente de aula con la finalidad de cumplir con el desarrollo de las distintas actividades complementarias.
V.   Fortalecer los valores de la Institución, evitando críticas o comentarios destructivos sobre la misma o de cualquier docente y menos aún delante de sus representados
W.  Respetar y hacer respetar los horarios de entrada y salida de los escolares a la institución y por ende el del personal que labora en ella.
X.   Los padres y representantes tienen el deber de retirar a sus representados de la institución con un máximo de retraso de 10 minutos, luego de haber culminado las actividades escolares; cumplido este tiempo el docente de guardia levantará un acta al representante por su retraso y lo pasará a Bienestar Estudiantil, con tres actas consecutivas, el caso será pasado a Defensoría Educativa.
Y.   Firmar la planilla de inscripción del escolar y con ello, que acepta junto con su representado los acuerdos de convivencia pautados
Z.    Mantener comunicación permanente con el Docente, para conocer la actuación general del niño, niña o adolescente.
AA.               Al recoger a su representado, el representante o autorizado a la Escuela en vehículo particular no deberá obstaculizar el tránsito, debe  esperar hasta que su representado salga.
BB.               El Transporte desde y hacia La Escuela será convenido por los representantes. La Institución no es responsable por la seguridad de los niños, niñas o adolescentes en ninguna circunstancia en el transporte de su escogencia. En el caso de contratar transporte escolar asegúrese de que cuente con la credencial que los avale como transporte escolar la cual es emitida por el CMDNNA. Por razones de seguridad, los niños, niños o adolescentes que deseen salir de la escuela caminando o en transporte público deben tener en el archivo una nota del representante o responsable otorgándoles permiso para hacerlo. Adicionalmente, los niños, niñas o adolescentes que deseen salir en el vehículo con otra persona, que su propio chofer o representantes, deben haber hecho una llamada a su representante o proveer de una autorización escrita del representante al Docente o Directivo antes del final del día de clases o de la hora de salida.
CC.              El personal de apoyo (porteras) tiene como normativa el registro de todas las personas que ingresan a La Institución por lo que se les agradece tenerles paciencia para el registro respectivo y permitirles su identificación. Igualmente en horario de actividades escolares no permitirá el ingreso de ninguna persona al recinto a menos que sea autorizado por algún directivo del mismo. Entiéndase que esto se hace como una medida de seguridad y no para crearles molestia
DD.              La hora tope para buscar a su representado es 12:00 pm para el turno de la mañana y 5:30 pm para el turno de la tarde, luego de esta hora los docentes ni el docente de guardia se harán responsables por el cuidado de su representado.
EE.               Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.
FF.Respetar los derechos y garantías de las demás personas.
GG.               Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.

                                    SECCIÓN SEXTA
ESTUDIANTES
ARTÍCULO 28: Todos los deberes contemplados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (LOPNNA) en su Artículo 93, además de los siguientes:
A.   Conocer y acatar el presente manual de acuerdos de convivencia escolar comunitaria tendiendo a una autodisciplina de manera que el comportamiento no dependa de mecanismos represivos sino de las convicciones personales.
B.   Asistir diaria y puntualmente a clases, provistos por sus representantes de los útiles necesarios y de los materiales que indiquen los docentes de acuerdo a cada grado.
C.   Usar diariamente el respectivo uniforme, en completo orden y pulcritud; tanto en el salón de clases como en las diferentes áreas dentro de La Institución y en general, para todas las actividades regulares y extra-curriculares
D.   Participar en las actividades de inicio de clases: acto de formación, cantar el Himno Nacional, participar en los lunes cívicos por sección y otros actos de carácter Cívico-Patriótico que la ocasión amerita.
E.   Los compromisos encomendados por el docente deben entregarse en la fecha acordada.
F.    Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar todas sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, trabajos y materiales exigidos por los docentes.
G.   No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares.
H.   El niño, niña o adolescente que adquiere la responsabilidad de integrarse a una de las comisiones de trabajo deberá cumplir estrictamente con este compromiso, así como de mantener un buen rendimiento académico.
I.      Se prohíbe la venta o intercambio comercial de cualquier artículo comestible, juegos, accesorios entre otros.
J.    Hacer entrega a sus representantes las convocatorias, invitaciones y circulares que emita la dirección, coordinador, docente o especialista.
K.   Respetar y acatar decisiones y orientaciones emanadas por el personal directivo, docente y demás autoridades de la Institución.
L.    Dar trato respetuoso a todos y cada uno de los miembros del colectivo educativo.
M.   Los niños, niñas y adolescentes deberán utilizar un lenguaje oral y escrito adecuado, de acuerdo con su edad y la moral y las buenas costumbres.
N.   Los niños, niñas y adolescentes deberán retirarse del aula durante los recesos, salvo autorización expresa del docente o personal directivo.
O.   Los niños, niñas y adolescentes no deben permanecer en pasillos y patios mientras se desarrollen las actividades de clase.
P.   Permanecer dentro de La Escuela aún en horas de receso, hasta el momento en que finalicen las actividades escolares o extra-escolar.
Q.   No se debe deambular por las calles, avenidas y Centros Sociales con el uniforme de La Institución fuera del horario de clases.
R.   Las inasistencias del niño, niña o adolescente por motivo de enfermedad deberán ser justificadas por su representante o responsable estrictamente por escrito (y cualquier otro documento que considere pertinente) en un plazo de tres (3) días hábiles.
S.   En caso que el niño, niña o adolescente tenga algún impedimento para cumplir las actividades de Educación Física, deberá presentar el justificativo médico correspondiente expedido por algún organismo oficial donde se especifique el tipo de impedimento, su duración y actividad de la cual se le exceptúa. Este deberá permanecer en el lugar donde se realice la actividad del área.
T.    Las inasistencias reiteradas son causas de pérdida del año escolar, según LOE.
U.   Los niños, niñas y adolescentes deberán cuidar y mantener en buen estado las instalaciones, mobiliarios, material y los equipos de aulas, biblioteca, canaimita y material deportivo de La Escuela. El niño, niña y adolescente que ocasione daños a los bienes materiales de La Institución o a los bienes materiales de los niños, niñas y adolescentes, docentes o terceros, estos serán asumidos tanto la responsabilidad como la indemnización por su representante o responsable, acordándose dentro de la Escuela la indemnización del daño.
V.   Para los estudiantes de Educación Primaria y de Inicial, quedará bajo la responsabilidad del niño, niña o adolescente el uso y tenencia del celular, siendo estrictamente prohibido el uso en el horario de actividades académicas. Este debe mantenerlo apagado dentro de las aulas de clase, biblioteca y laboratorios de lo contrario el docente tendrá derecho a decomisárselo al niño, niña o adolescente y entregarlo en la coordinación pertinente. Entiéndase por uso no solo el hablar por el teléfono sino también manipularlo para cualquier otra función.
W.  Respetar y cuidar los útiles propios y los de sus compañeros.
X.   No salir del plantel en horas de clase, receso y conversar con personas ajenas a la institución.
Y.   Contribuir a mantener en alto en todo momento el nombre de la institución dentro y fuera de la comunidad.
Z.    Los niños, niñas y adolescentes no podrán traer a la Escuela: joyas u objetos de valor, juguetes, cualquier equipo de sonido (walkman, radios, ipod, mp3), cualquier equipo electrónico, computadores portátiles, cámaras filmadoras o fotográficas, cantidades de dinero que excedan de lo que normalmente se acostumbra para la cantina o gastos de transporte, armas o explosivos, revistas pornográficas o que contengan fotos o artículos contrarios a la moral y las buenas costumbres. La U.E.E. Dr. José Alberto Velandia  no se hace responsable de los objetos perdidos, por lo tanto abstenerse de traerlos.
AA.               Se prohíbe terminantemente ingerir alimentos y bebidas en las aulas (salvo en actividades especiales, PAE y/o recreativas), en el área de Educación Física, biblioteca y demás dependencias administrativas. Sólo está permitido en los patios a la hora de receso y en las áreas de la cantina. No se permitirá en ningún área de La Escuela  masticar o llevar goma de mascar.
BB.               Igualmente conservar en orden y estricto aseo las aulas, baños, patios y otras áreas de La Escuela  (haciendo uso regular de las papeleras), para el mantenimiento de un ambiente sano.
CC.              Abstenerse de realizar juegos agresivos y bruscos y expresarse con gritos que interrumpan el normal desenvolvimiento de las actividades escolares.
DD.              Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico y el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria.

TITULO IV DE LAS NORMAS
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN U.E.E.DR. JOSÉ ALBERTO VELANDIA

SECCIÓN PRIMERA. DE LA INSCRIPCIÓN ESCOLAR

ARTÍCULO 29: El procedimiento para  la inscripción escolar en la U.E.E. Dr. José A. Velandia, funcionará de la siguiente manera:

A.   Las  preinscripciones se realizarán siempre y cuando Dirección de Educación del Estado Táchira lo autorice.
B.   El lapso de inscripción estará comprendido durante la penúltima semana del mes de Julio o en su defecto cuando Dirección de Educación asigne fecha para dicho proceso.
C.   La inscripción de los niños, niñas y adolescentes en la Institución es gratuita.
D.   Todos los niños, niñas y adolescentes deben ser inscritos por sus representantes o responsables. En caso de estar ausente el representante, padre o responsable, debe autorizar mediante un Poder de Representación Escolar debidamente notariado según circular Nº 03 del 21 de octubre del 2010  emanada por el circuito judicial de la protección del niño, niña y adolescente del estado Táchira.
E.   El proceso de inscripción será formalizado cuando el representante o responsable haya cumplido con todos los requisitos y documentación exigida por el Plantel.
F.    El representante o responsable leerá los  deberes  y derechos de los escolares y representantes al momento de inscribir a su representado.
G.   Los escolares regulares que sean retirados de la institución automáticamente pierden su turno, es decir, al momento de regresar a la escuela  serán inscritos para el turno de la tarde. De no existir cupo para el turno de la mañana.
H.   Durante la primera   semana del año escolar el Docente de Aula enviará una notificación única para la entrega de recaudos pendientes, dándole un lapso de una semana.
I.      CONSEJO DE LA ORDEN  El Consejo de la orden es el órgano que ostenta la representación de expedientes para la concesión o privación de condecoraciones; en este caso la orden en su única clase Doctor José Alberto Velandia. Estará integrado por: Personal Directivo, Personal Jubilado (dos), un docente activo y un representante del personal de Apoyo. 

  

SECCIÓN SEGUNDA. DEL UNIFORME
ARTÍCULO 30: El uniforme de los escolares de la U.E.E. Dr. José Alberto Velandia está descrito de la siguiente manera:

A.     EDUCACION INICIAL:


Chemise Roja (Gala o diario) Niñas


Chemise Roja (Gala o diario) Niños



Deportivo para niño y niña

Jumper Azul marino con distintivo.
Medias Rojas o blancas
Zapatos Negros

Pantalón de gabardina azul
Medias Blancas
Zapato Negro

Mono Azul marino
Botas Deportivas
Franela blanca con distintivo

B.    EDUCACIÓN PRIMARIA:

Chemise o camisa Blanca (Gala o diario) Niñas


Chemise o camisa Blanca (Gala o diario) Niños


Deportivo para niño y niña

Jumper Azul marino con distintivo.
Medias Blancas
Zapatos Negros

Pantalón de gabardina azul
Medias Blancas
Zapato Negro

Mono Azul marino
Botas Deportivas
Franela blanca con distintivo
El suéter o abrigo preferiblemente de color azul oscuro

C.   El uso del uniforme por parte de los Docentes y personal administrativo tendrá una vigencia de dos años tanto deportivo como de gala y se designará una comisión para la escogencia del mismo.

SECCIÓN TERCERA.
 DEL AULA DE CLASE
ARTÍCULO 31: El funcionamiento del aula de clase se regirá bajo las siguientes condiciones:
A.   Ambientar el aula de acuerdo a: carteleras relacionadas efemérides, proyecto, información, periódico mural y cualquier otro elemento que sea necesario.
B.   Poner en práctica las normas del buen hablante y oyente.
C.   Reflejar la asistencia diaria en la pizarra de cada salón.
D.   Mantener limpio el aula así como también la organización de los pupitres.
E.   Mantener un archivo dentro del aula donde repose: leyes, circulares, currículo, proyecto, evaluaciones, registro de los niños entre otros.
F.    Cada aula debe poseer su rincón de símbolos patrios, inventario y nómina de estudiantes
G.   Entregar o dejar los pupitres bien pintados al finalizar el año escolar.
H.   Los escolares que lleguen tarde al aula de clase deberán solicitar ante la dirección su respectivo pase. Al acumular tres pases el docente de aula citará a su representante. 
I.      Cada Docente a finalizar el año escolar entregará un inventario del salón o aula al Docente que recibe la misma para el nuevo año escolar.
J.    No está permitido el cambio de color de los bienes muebles de la Institución.

SECCIÓN CUARTA
RECURSOS PARA LOS APRENDIZAJES

ARTÍCULO 32: Los Centros de Recursos para los Aprendizajes (CRA) contribuyen al reimpulso de la lectura, la investigación, formación, comunicación y la educación integral y de calidad orientada por los docentes. Va a funcionar de la siguiente manera:
  1. Contribuir en la gestión escolar mediante su participación  en la construcción del P.E.I.C. y, formas de organización de los aprendizajes (PA, PI y PSP).
  2. Desarrollar en conjunto con los docentes y especialistas, estrategias para la promoción de hábitos de lectura en los espacios de convivencia escolar.
  3. Coordinar y diseñar la producción y difusión de contenidos audiovisuales en atención a las necesidades y demandas del subsistema de educación básica.
  4. Promover acciones para la difusión de programas audiovisuales de carácter educativo, formativo e informativo a través de los medios de comunicación.
  5. Procurar la creación de videoteca, hemeroteca y fonoteca con contenidos educativos producidos por medios comunitarios, productores independientes, estudiantes y docentes.
  6. Supervisar el funcionamiento de los servicios de la biblioteca escolar y de aula.
  7. Promover, organizar y motivar la participación de la comunidad en general en la construcción del periódico escolar.
  8. Coordinar la capacitación del personal docente y bibliotecario en el uso y la elaboración de recursos audiovisuales y manejo de las bibliotecas de aula.
  9. Establecer lineamientos en materia de creación, dotación y mantenimiento de los servicios bibliotecarios escolares y de aula.
  10. Realizar inventario de los recursos, medios, equipos y materiales didácticos del plantel.
  11. Elaborar el plan de acción mensual o trimestral de manera articulada a la gestión escolar plasmada en el PEIC.
  12. Las demás funciones que sean asignadas de acuerdo a su competencia

SECCIÓN QUINTA
 DE LA BIBLIOTECA
ARTÍCULO 33: Tiene como finalidad contribuir a la formación de los estudiantes, así como servir también de complemento a la labor docente de los Profesores. Y funcionará de la siguiente manera:

A.    Los Libros estarán a la disposición de los lectores y serán utilizados de acuerdo con las normas de la Biblioteca.
B.    El Docente de biblioteca debe registrar la salida de cada libro o de cada recurso o instrumento adscrito al mismo.
C.    Carnetizar a los estudiantes y docentes, para identificar sus usuarios.
D.    Promover la lectura y la escritura.
E.    Organizar visitas guiadas a la Biblioteca.
F.    Prestar servicio a todo el colectivo escolar y a la comunidad en general.
G.   Se regirá por un normativo interno especial.

SECCIÓN SEXTA.
BIENESTAR ESTUDIANTIL
ARTÍCULO 34: Los docentes a cargo del servicio de Bienestar Estudiantil serán los encargados dentro de las instituciones de:
A.   Colaborar en el fortalecimiento de Valores para así garantizar la integridad de los niños y niñas de la institución
B.   Denunciar ante los Organismos competentes los maltratos a los escolares
C.   Hacer la respectiva solicitud de becas que beneficien a los estudiantes que la requieran
D.   Asistir a jornadas y talleres convocados por la coordinación o por cualquier otra autoridad
E.   Organizar jornadas, talleres, charlas y actividades que promuevan la integración del personal docente, directivo, estudiantes, padres y/o representantes y comunidad en general.
F.    Conformar y capacitar brigadas de autocorrección escolar, ecología, salud, sistema de derechos, y todas las que considere necesarias para el beneficio de los estudiantes y la comunidad escolar en general
G.   Brindar asesoría y asistencia legal (Defensorías Educativas) e igualmente hacerles seguimiento a los casos que ameriten intervención
H.   Coordinar todas las actividades que consideren pertinentes para apoyar el trabajo de Bienestar Estudiantil (recreativas, preventivas, médicas entre otras.)
I.      Cumplir con la elaboración y entrega de los informes de bienestar Estudiantil al Departamento Socio Educativo
J.    Entregar el informe en físico a la Dirección del Plantel, con sus anexos y explicación correspondiente
K.   Elaborar el cronograma de actividades mensuales y entregarlo los primeros 5 días del mes.
L.    Atender y asesorar previamente a estudiantes, padres, madres o representantes para así garantizar el buen rendimiento del educando.
M.   Realizar carteleras con información referente a las actividades realizadas por la coordinación de Bienestar Estudiantil.
N.   Llevar un registro de incidencias y de visitas, especificando: persona que realiza la visita, motivo por el cual hace la visita.

SECCIÓN SÉPTIMA.
 EDUCACIÓN FÍSICA, DE LA CANCHA DEPORTIVA,
PATIOS Y ÁREAS VERDES

EDUCACIÓN FÍSICA
ARTÍCULO 35: El especialista de educación física garantizará que se cumplan las siguientes funciones:
A.   La atención y enseñanza de la Educación física es obligatoria para Educación Primaria y Educación Inicial.
B.   El Docente de Educación Física debe integrar el comité deportivo del consejo educativo.
C.   Los horarios de clase de Educación Física se realizarán en mesas de trabajo con los otros especialistas y posteriormente se entregarán al Director para su aprobación.
D.   El horario debe estar debidamente publicado en la cartelera informativa, de igual forma el Docente deberá informar a cada Docente de aula el horario correspondiente al grado.
E.   Los horarios de clase se realizarán en función de los niños, niñas y adolescentes, para lo cual, se tomará en cuenta la siguiente distribución:
INICIAL: 45 MINUTOS
PRIMARIA: 1ero a 3ero 60 minutos; 4to a 6to 90 minutos
F.    Es obligatorio que el Docente de aula acompañe y participe en la jornada de clase.
G.   Las horas de entrenamiento para el talento deportivo quedan sujetos a la necesidad de los niños, niñas y adolescentes así como del Docente.
H.   El Docente de Educación Física tiene la obligación de entregar la planificación semanal a formación permanente.
I.      El docente no debe dejar suplente en caso de ausentarse para cumplir con actividades relacionadas con la Institución, de lo contrario debe dejar suplente.
J.    El Docente de Educación Física debe llevar el seguimiento, control y evaluación del proceso de Aprendizaje de manera sistemática y continua.
K.   La fase de Intercursos se realizará durante el periodo Octubre – Diciembre teniendo la participación de toda la matrícula escolar.
L.    Es requisito fundamental para los estudiantes o atletas en actividades fuera de la Institución la debida autorización de su Madre, Padre o Responsable.
M.   Es responsabilidad del Docente de Educación Física el manejo, cuidado y resguardo del material deportivo.
N.   Los docentes de educación física deberá laborar con un minimo de 180 de estudiantes y un máximo de 300.
            
DE LA CANCHA DEPORTIVA, PATIOS Y ÁREAS VERDES
ARTÍCULO 36: La cancha, patios y áreas verdes funcionarán de la siguiente manera:
A.   La cancha deportiva, patios y áreas verdes son uso exclusivo del colectivo escolar Docentes, Madres, Padres, Responsable,  niños, niñas y adolescentes inscritos en la U.E.E.DR. JOSÉ ALBERTO VELANDIA, si alguna comunidad ajena a la escuela requiere de la misma, deberá entregar oficio a Dirección por lo menos 24 horas de anticipación solicitando el permiso para su uso.
B.    Es obligación de los usuarios mantener en buen estado estos espacios.
C.   El horario de funcionamiento es de acuerdo al estipulado en el horario de clase.
D.   Se prohíbe consumir alimentos en estos espacios en horarios fuera del receso.
E.    Está prohibido permanecer en la cancha con short y franelilla sin previa autorización del Docente.

SECCIÓN OCTAVA. DE LA PATRULLA ESCOLAR, PAE,
 CANAIMA, SALIDAS DE LA INSTITUCIÓN.

PATRULLA ESCOLAR

ARTÍCULO 37: Los Docentes a cargo de la comisión de Patrulla serán los encargados dentro de las instituciones de:

A.   Elección de niños y niñas para la conformación de la Patrulla. Se tomará en cuenta a los Grados superiores Quinto y Sexto con la salvedad de que si algún grupo no desee participar no se va a obligar.
B.   Los grupos serán distribuidos y escogidos cada tres meses, teniendo en cuenta a los niños que deseen seguir, se evaluará la actuación.
C.   Jerarquizar al grupo por turno, es decir, un Brigadier para la mañana y uno para la tarde.
D.   Entregar reconocimiento a cada integrante después de haber ejercido las funciones.
E.   Colaborar con las actividades fuera de la institución en la movilidad de los otros compañeros.
F.    Dotar a los patrulleros de su indumentaria o por lo menos gorra y chaleco.
G.   Elaboración de cartelera informativa de las actividades desarrolladas.
H.   Charlas y conversatorios sobre educación vial.
I.      Entonar el himno de patrulla por lo menos una vez por semana.
J.    Agasajo para los niños participantes en la Patrulla Escolar.
K.   Dejar salir a los niños 5 minutos antes del receso para que puedan desayunar e ir al baño.
L.    Acondicionar los pares.
M.   Promocionar el siguiente lema: Humildad, Estudio y Disciplina; siempre están prestos a dar un paso adelante por la seguridad de sus compañeros.
N.   Facilitar el acatamiento de las normas mínimas para el uso adecuado de la vía por parte de los peatones.
O.   Desarrollar campañas de concientización con los compañeros de Escuela para el uso adecuado de la vía y los espacios comunitarios de la misma.
P.   Crear acciones que permitan el disfrute del receso, cumpliendo con las normas de convivencia.
Q.   Facilitar el uso de los espacios comunes como son: escaleras, cantina y patios.

PAE
ARTÍCULO 38: Los Docentes a cargo de la Coordinación de PAE estarán en la obligación de supervisar:
A.   Que la cocina permanezca limpia e higiénica.
B.   Las Madres elaboradoras usen el delantal, gorro y tapa boca.
C.   Realizarse los exámenes médicos correspondientes, para  la manipulación de alimentos y tenerlos vigentes
D.   Participar en el consejo educativo.
E.   Velar para que la porción servida a los niños, niñas y adolescentes sea la necesaria y suficiente.
F.    Mantener actualizada la cartelera informativa.

G.   la entrada a la cocina al personal autorizado: Madres elaboradoras, Directivo o Coordinador.
H.   Velar por el cuidado y mantenimiento de los utensilios y herramientas de cocina.
I.      Planificar semanalmente las actividades y entregarlas a la coordinación correspondiente.



CANAIMA
ARTÍCULO 39: Los Docentes a cargo de la Coordinación de CANAIMITA tendrán las siguientes obligaciones:

A.   Los Asesores Tecnológico (Semillero) deben Cumplir sus jornadas laborales de 5 horas diarias en el turno correspondiente o como se trace con la Dirección del plantel.
B.   El docente Canaima  asesora a los Docentes de aula en cuanto a la utilización o uso de la misma.
C.   Supervisa la articulación de la Canaima con los contenidos del proyecto.
D.   En el caso de primer grado el uso de la Canaima con la red de salón, asesorar al Docente de Aula en cuanto al contenido y funcionamiento de las Canaimitas, usar juegos didácticos: jugando aprendo, tux, gcoping.
E.   Usar y enseñar TUX paint como herramienta para pintar.
F.    Colaborar con las guardias de receso.
G.   Crear una bitácora electrónica (Blog) donde incluya todo su quehacer educativo, publicándolo y dándolo a conocer.
H.   Actualizar Software y soluciona problemas de la Canaima.
I.      Contar con un espacio llamado Punto Libre Canaima, donde atiende y asesora a la colectividad escolar
J.    Eliminar todo tipo de juegos de violencia, videos, música de manera inmediata, que estén en contra  de los valores de niños y niñas, son corresponsable del contenido en las computadoras como también participan toda la comunidad escolar.
K.   Trabajar como Asesor Tecnológico (Semillero) en las secciones de inicial, en un tiempo por grupo de 45 minutos, los docentes de inicial son los que imparte Canaima Educativa previa planificación en los Puntos Libres Canaima donde debe estar instalado Contenidos Canaima (Conocer el computador, videos de inicial, películas de inicial, juegos didácticos de inicial, Ejemplo programa: Mover la mano; Hacer Clic, arrastrar, mover).
L.    Participar y colaborar con los programas y proyectos en la escuela,  grabando en las Canaimas y aprobados por Dirección de Educación como: Programa Papagayo, Revistas tricolor, Colección Bicentenario, Bibliotecas de aula o institucionales, Plan lector, Plan revolucionario de lectura. Periodismo escolar.
M.   Realizar una cartelera visible de Tecnología de la Información y Comunicaciones de carácter mensual.
N.   Utilizar la sala de computación con los grados quinto y sexto para establecer comparaciones entre sistemas operativos Linux y Microsoft.
O.   Realizar talleres de formación para representantes en cuanto al uso y supervisión de la Canaima.
P.   Las computadores de Canaima y el aula de computación no debe ser usado para trabajo administrativo ni personales, solo educativo.

SALIDAS DE LA INSTITUCIÓN

ARTÍCULO 40: Las salidas de la Institución se harán según las siguientes condiciones:
A.   Los Docentes deben informar a la Dirección antes de planificar alguna actividad extra que amerite la salida de los escolares de la Institución, de igual forma deberán tramitar junto con Bienestar Estudiantil la autorización del Representante o Responsable
B.   Toda salida que se haga de la Institución para actividades culturales, deportivas y recreativas (dentro del Municipio) debe contar con el apoyo de la Patrulla Escolar.
C.   La salida de los escolares es a las 12:00 pm y 5:30 pm, y tendrán un lapso de 10 minutos para que sus representantes y transportes escolares  los busquen. La institución no se hace responsable luego de haber transcurrido la hora de salida. Cuando los mismos lo hagan fuera del horario establecido la portera  remitirá el caso a la dirección del plantel al siguiente día hábil inmediato. 
D.   Cuando otras Instituciones Educativas inviten a una actividad extra, a un grado en  particular, el Directivo asignará dos especialistas para que acompañen a los escolares y al docente de aula.
E.   Cuando los Docentes de aula asistan con los estudiantes dentro del horario escolar a una actividad que amerite desfilar, los Docentes especialistas están en la obligación de acompañar y/o atender a los estudiantes desde el inicio hasta finalizar la actividad y por ningún motivo podrán trasladarse en carro propio o particular exceptuando los casos que se deba llevar refrigerio, sonido, pódium, carteleras entre otros.

SECCIÓN NOVENA
FORMACIÓN PERMANENTE

ARTÍCULO 41: El Docente encargado de la Coordinación de Formación Permanente debe cumplir con las siguientes funciones:

A.   Derecho a que el desempeño del docente de aula sea reconocido al finalizar  el proyecto de aprendizaje  a través de la publicación en cartelera  con los nombres de los docentes que cumplen con los lapsos de entrega de recaudos acorde a los lineamientos, y al culminar el año escolar, por escrito a través certificado este reconocimiento lo deciden el 50% planes y programas 25% directivo y 25% demás coordinadores.
B.   Promover y coordinar programas de formación y actualización para el personal docente de la institución en todos los niveles y modalidades.
C.   Realizar seguimiento y evaluación de los resultados alcanzados en la aplicación de la política educativa del ministerio de educación en cuanto al currículo bolivariano.
D.   Diagnosticar en conjunto con el colectivo de formación permanente e investigación las necesidades de formación sentidas y expresadas por el colectivo docente de la institución.
E.   Organizar acciones en beneficio del continuo mejoramiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje, incorporando a la comunidad en general, la cual junto a quien cumple las funciones de supervisión se propaguen cambios para mejorar la eficiencia, productividad y mística en el trabajo.
F.    Ofrecer orientaciones técnico – docentes- administrativas que permitan garantizar el dinamismo, la eficiencia y eficacia del proceso educativo.
G.   Promover, coordinar y asesorar la conformación y consolidación del colectivo de formación permanente e investigación de la institución, los cuales son espacios para compartir experiencias, con una metodología, una práctica y el espíritu motivador de la lectura y la investigación, desarrollando en su ser la solidaridad, la cooperación, con un sentido y significado social.
H.   Dar a conocer las orientaciones emitidas por la coordinación de formación permanente y curricular.
I.      Asistir a los encuentros de formación, jornadas o reuniones  técnicas convocadas por la coordinación de formación permanente.
J.    Las demás funciones que se le asignen en materia de su competencia

SECCIÓN DECIMA
COMISIONES
ARTÍCULO 42: Todos los Docentes y Directivos deben integrar las distintas comisiones distribuidas equitativamente teniendo en cuenta sus capacidades, creencias y aptitudes y los integrantes de las mismas serán rotados al comienzo del año escolar. Cada comisión se regirá por normativo especial interno cumpliendo con lo siguiente:
A.   Respetar la integridad física, moral y los bienes de las personas que forman el colectivo escolar.
B.   Nombrar delegado por cada comisión.
C.   Entregar  los informes de apertura la tercera semana de Octubre y clausura de las actividades la última semana del año escolar.
D.   Cumplir con los compromisos y actividades planificadas para el año escolar.
E.   La tolerancia entre la diversidad y la no discriminación.
F.    Participación activa y protagónica en cada una de las comisiones por parte de sus integrantes.
G.   Colaborar entre comisiones para el buen desenvolvimiento de las actividades.
H.   La actitud positiva ante los avisos y correcciones
I.      La adecuada utilización del mobiliario, instalaciones y material de la institución.
J.    Informar sobre los gastos de actividades donde se pida colaboración económica al colectivo (Pasivos y Activos).
K.   Cuando se convoque a los integrantes de las comisiones según la que corresponda deben cumplir y asistir TODOS a menos que tenga justificativo.
L.    Los Docentes que asistan a reuniones de trabajo convocada por algún ente gubernamental y por causa fortuita y ajena impidan la llegada al sitio de la reunión, los mismos deberán regresar a su labor diaria en la Institución.
M.   En cuanto al pago de fondo común los Docentes que se ausenten de la Institución por más de Veinte días continuos con reposo médico justificado, serán exonerados de la cuota del mes en curso. 
N.   Cada comisión debe entregar inventario al inicio el año escolar a los nuevos integrantes de dichas comisiones.

SECCIÓN DECIMA
CONVENIO CON FUNDAMUSICAL SIMÓN BOLÍVAR
 NÚCLEO MICHELENA

ARTÍCULO 43: Objeto del Acuerdo. La FUNDACIÓN MUSICAL SIMÓN BOLÍVAR NÚCLEO MICHELENA y la U.E.E DR. JOSE ALBERTO VELANDIA acuerdan unir esfuerzos a fin de crear el MÓDULO que permitirá la incorporación de niños y niñas pertenecientes a la UNIDAD EDUCATIVA y/o que habitan en la zonas aledañas en los programas y proyectos que ofrece LA FUNDACIÓN, con el fin de fortalecer el proceso de  formación integral utilizando la música como herramienta, sobre la estrategia exitosa del Sistema de Orquestas y Coros Juveniles e Infantiles de Venezuela.

ARTÍCULO 44: Lugar de ejecución. EL MÓDULO funcionará en las instalaciones de la  UNIDAD EDUCATIVA (en horarios acordados entre las partes); Estos espacios servirán para la realización de las actividades inherentes a la ejecución de los programas y proyectos diseñados por LA FUNDACIÓN, para este MÓDULO.

ARTÍCULO 45: Duración del Acuerdo. El presente Acuerdo tendrá una duración de tres (3) años contados a partir de su firma, pudiendo ser prorrogados por lapsos iguales previo acuerdo entre las partes.

ARTÍCULO 46: LA FUNDACIÓN se compromete a diseñar y ejecutar la programación académico-musical, la cual se regirá por los lineamientos nacionales y régimen de funcionamiento establecidos por la Dirección de Formación y Desarrollo de la FUNDACIÓN MUSICAL SIMÓN BOLÍVAR.

ARTÍCULO 47: LA FUNDACIÓN se reserva el derecho de designar y remover en cualquier momento el personal de profesores e instructores, así como el Director Musical y demás Personal Administrativo, que sea requerido para el funcionamiento del MÓDULO.

ARTÍCULO 48: Las cátedras teóricas y prácticas que considere necesarias la FUNDACION serán incluidas en el pensum de estudio de la UNIDAD EDUCATIVA con previa decisión entre las partes.

ARTÍCULO 49: Los preparadores musicales dependen directamente de la organización y nómina de la FUNDACION.

ARTÍCULO 50: Los niños, niñas y adolescentes reciben sus clases en las respectivas aulas de la UNIDAD EDUCATIVA. En caso de un evento especial el preparador de la FUNDACION solicitará ante la FUNDACION y la UNIDAD EDUCATIVA  la autorización para trasladar los escolares a dicha actividad. 

ARTÍCULO 51: El personal de la FUNDACION  tiene su propio instrumento de registro (carpeta) de asistencia diaria. 

ARTÍCULO 52: El registro de evaluación de las cátedras teóricas será supervisada y aprobada por la coordinación de Formación Pedagógica Permanente y Dirección de la UNIDAD EDUCATIVA.

ARTÍCULO 53: El Docente de la UNIDAD EDUCATIVA permanecerá en el Aula colaborando con el preparador de la FUNDACION.

ARTÍCULO 54: La duración de cada clase será estipulada en previo acuerdo UNIDAD EDUCATIVA - FUNDACION.

ARTÍCULO 55: Las Cátedras Instrumentales en la UNIDAD EDUCATIVA serán integradas por los estudiantes, luego de la realización de un diagnóstico y selección por parte del preparador musical de la FUNDACION.

ARTÍCULO 56: El preparador musical al momento de requerir un permiso, informara a la Coordinación de la FUNDACION y posteriormente al Docente de Aula de la respectiva clase en la UNIDAD EDUCATIVA. (Sin la facultad de dejar suplente).

ARTÍCULO 57: Los instructores y preparadores musicales de la FUNDACION no están obligados a asumir responsabilidades que son competencia del personal de la UNIDAD EDUCATIVA (Salvo previo acuerdo).

ARTÍCULO 58: Tanto el equipo de instructores de la FUNDACION como el personal de la UNIDAD EDUCATIVA, respetaran y cumplirán con los lineamientos emanados por las partes, en caso de no estar de acuerdo con alguno de estos lineamientos, podrán realizar una exposición de motivos ante ellas, y a su vez, estas tendrán la obligación de brindarles una pronta solución.

SECCIÓN DECIMA PRIMERA
PORTERIA
ARTÍCULO 59: Son funciones del personal de portería:
A.   Cumplir con el horario de trabajo de la siguiente manera: turno mañana 6:30am hasta 1:30pm. Turno de la tarde 11:00am hasta las 6:00pm.
B.   Las responsables de la puerta abrirán la misma 15 minutos antes de la entrada tanto en la tarde como en la mañana.
C.   Asistir de forma adecuada en cuanto a su vestimenta a la hora de ejercer sus funciones laborales.
D.   Permanecer en su sitio de trabajo, es decir, en la entrada de la Institución con su respectivo libro de visita.
E.   Registrar a cada persona que ingrese a la Institución,  nombre y apellido, cedula, motivo de la visita, a quién visita, hora de entrada y hora de salida.
F.    No permitir la entrada y salida de Representantes una vez se toque el timbre para formar en el patio central y mucho menos cuando se están entonando los himnos.
G.   Cumplir con la guardia a la hora de salida, distribuyéndose previo acuerdo entre ambas, la entrada principal y la de Inicial a partir de las 11:00am hasta la 1:00pm.
H.   Registrar en su cuaderno de incidencias, casos donde los representantes o transporte no cumplen con los horarios establecidos en la Institución.
I.      Mantener la puerta principal con su respectivo candado.
J.    Evitar ausencias del sitio de trabajo.
K.   Respetar los tres permisos asignados por el contrato colectivo y la LOT; debidamente justificados, salvo los casos de emergencias.
L.    Asistir a las distintas actividades planificadas por la Institución ya sea pedagógica, culturales, deportivas, recreativas y sociales.
M.   Notificar a la Dirección o al Docente de guardia cualquier situación irregular que afecte el buen desenvolvimiento en el ambiente escolar.
N.   Está prohibido la salida de los escolares durante la jornada didáctica.

SECCIÓN DECIMA SEGUNDA
DE LA ESCUELA
ARTÍCULO 60: La U.E.E.Dr. José Alberto Velandia funciona de la siguiente manera:
A.   Para la entrega de informe descriptivo se trabajará con niños hasta las 9:30 am y 3:30 pm. Seguidamente el Docente de Aula atenderá a los representantes.
B.   El horario de entrada a la Escuela es de 7:00am y 12:30pm  a esta hora se llamará a formar.
C.   En caso de Muerte del personal activo o jubilado se cambiará la música por timbre, siendo el mismo opcional.
D.   En las actividades Docentes, Sociales o en el curso de otras Extra-Cátedras que la Institución cumpla con fines Educativos, no se permitirá ningún tipo de propaganda político-partidista, ni de doctrina a los principios de Nacionalidad, que ofendan la Moral y las buenas costumbres que pretendan alterar el proceso democrático del país.
E.   Por ninguna razón o circunstancia el tiempo de descanso, receso tanto para los estudiantes como para los Docentes podrá ser utilizado o suprimido parcial o totalmente, como sanción ante una actitud alguna desarrollada por un estudiante o Docente.
F.    En caso de Muerte de un Docente Jubilado se acompañará y entregará Corona, además de acuerdo, se realizará guardia de honor al momento de sus honras fúnebres.
G.   Los Docentes especialistas de Todas las manos a la siembra deben incluirse en la comisión de Plomerito; docentes de Aula de 5to y 6to en Patrulla; docentes de Cultura distribuirlos en Ornato y Cultura.
H.   En caso de muerte de un Docente, Obrero, Personal Administrativo o Estudiante activo se acompañará y entregará  Corona, además de acuerdo, se realizará guardia de honor al momento de sus honras fúnebres. Las actividades escolares serán suspendidas por Tres (3) días de duelo, Bandera a media asta y si los familiares aceptan se traerá al patio central.
I.      En caso de muerte de un familiar directo: Madre, Padre, Hijo, Nietos, Hermanos, Esposo (a), se acompañará y entregará ramo.
J.    El fondo común mensual es de carácter obligatorio extensivo a todo el personal activo de la Institución quedando exceptuado las actividades con cobro especial adicional.
K.   Es obligatorio la participación de los Docentes a las distintas comisiones.
L.    En el momento en que la oficina de Dirección se encuentre atendiendo a un Representante, Docente o cualquier visita; se debe evitar interrumpir.
M.   Se permitirá la salida del  equipo de sonido y pódium de la Institución, siempre y cuando la actividad corresponda a la escuela y dependiendo de la misma queda bajo la responsabilidad del organizador.

N.   Al finalizar cada proyecto de aprendizaje las coordinaciones junto con Dirección organizarán una actividad recreativa, deportiva solo para docentes. El día acordado se laborará media jornada con escolares y la actividad se realizará en el turno de la tarde.

SECCIÓN DECIMA TERCERA
CANTINA ESCOLAR
 ARTÍCULO 61: La cantina escolar es el único espacio permitido por la Escuela para que se desarrolle comercio y funcionará de la siguiente manera:
A.   El manejo de la cantina escolar quedará bajo la administración y responsabilidad  de los Docentes de Inicial, Sexto, Dirección y Coordinaciones.
B.   La Administración se  compromete a responder por la prestación del servicio de acuerdo al horario establecido por el plantel.
C.   El personal debe cumplir con las normas higiénicas para la preparación, conservación y distribución de alimentos, higiene del establecimiento, utensilios y aseo personal.
D.   Deben de seguir la lista de los alimentos recomendados para su venta en las Cantinas Escolares elaboradas por el Instituto Nacional de Nutrición.
E.   Deben constantemente revisar la fecha de vencimiento de los productos ofertados para no ofrecer productos vencidos



SECCIÓN DÉCIMA CUARTA
DEL CONSEJO DE DOCENTES Y DE LA GRADUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 62: El consejo de docentes funcionará de la siguiente manera:
A.   Su asistencia es obligatoria conformado por el total de los Docentes, tanto de Educación Inicial como de Primaria, Personal Administrativo, Personal Obrero y será dirigido por el Directivo del Plantel.
B.   Cada reunión será orientada por una agenda a desarrollar que será elaborada previamente por el Directivo y dada a conocer por escrito por lo menos 24 horas antes de la reunión, para su aprobación y consideración.
C.   De todo Consejo se levantará registro por escrito conformado por una minuta cronológica de todo lo tratado y acontecido en la misma (intervenciones, propuestas y acuerdos), la cual será elaborada por la Sub.-Directora o en su defecto un Docente elegido por Dirección, será leída en el siguiente consejo y aprobación teniendo el mismo carácter vinculante en su ejecución.
D.   La agenda de cada consejo, estará dirigida al mejoramiento de la labor escolar y por ningún motivo, causa o efecto su desarrollo podrá desviarse hacia conflictos particulares o personales extraños al interés general del consejo.
E.   El consejo de Docentes se realizará extraordinariamente cuando las circunstancias o motivos así lo exijan.
F.    Asesorar el funcionamiento técnico Docente y Administrativo del Plantel.
G.   Estudiar y analizar aspectos de carácter pedagógico en el contexto de enseñar y aprender para unificar criterios a la políticas educativas que se desarrollan en el plantel.
H.   Formar los medios que le correspondan para superar las deficiencias.

DE LA GRADUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 63: La responsabilidad  de la promoción de los niños y niñas del tercer nivel de preescolar y del 6° grado de educación primaria y/o cualquier otro acto similar educativo es de la competencia de la institución, en relación a los recaudos a entregar para la prosecución de estudios, bajo las normas del M.P.P.E y no deberá representar gastos para los representantes a menos que sean ellos mismos quienes mediante acta establezcan otras actividades, la cual debe estar registrada y firmada por TODOS, ya sea  Padre, Madre o el  Representante

SECCIÓN DECIMA QUINTA
DIVERSIDAD FUNCIONAL
ARTÍCULO 64: Las siguientes son las funciones para esta especialidad:

A.   El docente no debe dejar suplente en caso de ausentarse para cumplir con actividades relacionadas con la Institución, de lo contrario debe dejar suplente.
B.   La o él Docente de la modalidad va a apoyar al estudiante que tienen diversidad funcional, con la compañía de la maestra asignada al grado correspondiente de la edad del escolar (no deberá atender un aula sola como docente responsable del grado).
C.   No realizará la atención individual-individualizada sacando al escolar a las antiguas aulas integradas o aula especial. Se realizará dentro del aula o ambiente con los demás compañeros del grado apoyándose de estrategias grupales.
D.   El docente de Apoyo de la Modalidad no es suplente de ningún otro compañero de trabajo.
E.   Se deberán establecer estas nuevas líneas en los acuerdos de convivencia tanto en el ambiente de aprendizaje como en la institución.
F.    En cuanto a la planificación ambas o ambos docentes deberán planificar juntos en pro de las necesidades e intereses de todos los estudiantes de su nómina tomando en cuenta el Proyecto de Aula-Aprendizaje (PA), Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y el Proyecto Institucional.
G.   Planificar conjuntamente con el docente de aula las Clases Participativas ó Plan Acción Diario hacia las adaptaciones curriculares según la condición del estudiante ya sea Diversidad Funcional é Interferencia en el Aprendizaje.
H.   Diseñar estrategias y actividades pedagógicas con los docentes de aula para la atención de los educandos, según las necesidades e intereses individuales.
I.      Con respecto a la evaluación se realizará de igual manera, los docentes responsables del grado en compañía de la docente de la docente de Apoyo a la Modalidad elaborarán el informe de aquellos escolares que presentan diversidad funcional é Interferencia en el Aprendizaje, tomando en consideración los registros diarios que ambos tengan. Deberán firmarlo las (o) dos el instrumento de evaluación.
J.    Ambas docentes deberán realizar su registro diario y representar en las clases participativas actividades que realcen la inclusión social y el trabajo mancomunado.
K.   Es fundamental para un mejor trabajo con nuestros escolares de diversidad funcional el informe del CEDOFSDF con él se dan a conocer las orientaciones para desarrollar en el contexto educativo para una mejor inclusión, en la medida que se cumplan dichas orientaciones se debe asistir de nuevo al CEDOFSDF para una reevaluación.
L.    En el caso de que el informe del CEDOFSDF considere en su evaluación que el escolar no requiere de docente de apoyo de la modalidad fijo, dará a conocer las orientaciones al docente de apoyo a la modalidad para su atención pedagógica con la o el docente del grado.
M.   El docente de apoyo de la modalidad será permanente o transitoria en un grado, dependiendo como lo estipule el informe del CEDOFSDF.
N.   Dependiendo de la cantidad de niños atendidos por el aula integrada anteriormente, se debe distribuir el horario de clases por grado de la docente de apoyo a la modalidad.
O.   Enviar lo antes posible la matricula de escolares que requieren ser evaluados por el CEDOFSDF, se recomienda que para incorporar a los estudiantes en este listado deben tener informe médico neurológico; de no tener dichos informes se pueden canalizar con la coordinación de bienestar estudiantil de cada institución.
P.   El docente de apoyo de la modalidad deberá trabajar de la mano con los especialistas (manos a la siembre cultura, deporte) acompañando a los escolares de diversidad funcional en todos los eventos que se requieran.
Q.   Así mismo, participará en los colectivos de formación permanente y se recomienda tratar temas relacionados a la transformación de la educación especial para socializar y actualizar al personal de la institución.
R.   Crear la data de todo el personal con discapacidad que forma parte de la institución (estudiantes, docentes, personal de apoyo y administrativo) y mantenerla actualizada.
S.   Garantizar y velar por el derecho de una educación incluyente de calidad para los estudiantes con discapacidad (diversidad funcional) o necesidades educativas (interferencia en el aprendizaje).
T.    Establecer conexión con los padres, representantes y comunidad, a fin de lograr la integración de los mismos en los procesos educativos de los hijos.
U.   Organizar y ejecutar actividades educativas, culturales, deportivas y recreativas con los docentes de aula con el fin de fortalecer la inclusión social.
V.   Llevar y actualizar los expedientes médicos de cada estudiante e Informe de CEDOFSDF.
W.  Cumplir con los recaudos solicitados por la coordinación en el tiempo establecido.
X.   Canalizar con la coordinación de bienestar estudiantil jornadas de atención médica de acuerdo a las necesidades de cada estudiante.
Y.   Es importante acotar que los docentes de apoyo a la modalidad deberán entregar la misma planificación de los docentes de grado, ya no se debe entregar una planificación trimestral.
Z.    Los directores de Escuelas junto con los docentes de apoyo de la modalidad, deberán convenir los horarios de rutina diaria ó atención de la matricula con (atención toda una mañana o toda una tarde como sea el caso del horario de trabajo) teniendo como referencia las orientaciones pedagógicas emanadas por los informes de los CEDOFSDF si ya las tiene por parte de este Centro de Educación.

SECCIÓN DECIMA SEXTA
TODAS LAS MANOS A LA SIEMBRA
ARTÍCULO 65: Este programa se refiere a los proyectos endógenos y los Docentes serán encargados dentro de la Institución de:
A.     Incentivar la actividad productiva (cultura de siembra ecológica, con la experiencia de huertos, parcelas demostrativas o patios ecológicos escolares, familiares; viveros. y/o otros agrícolas.
B.     Incorporar las temáticas y acciones agroecológicas al currículo nacional del sistema educativo bolivariano y el enfoque en contenidos y prácticas pedagógicas diarias.
C.    Producir abonos a partir de composteros, lombricultura y otras técnicas agroecológicas.
D.    Establecer labores culturales y prácticas de control agroecológico de insectos dañinos, plagas y enfermedades
E.     Desarrollar jornadas de recuperación, preservación de semillas tanto en los hogares, comedores escolares, comunitarios; así como en árboles de plazas, entre otros; para la posterior siembra que garantice la continuidad de la especie vegetal.
F.     Fomentar la construcción de agrosoportes (canteros, camas para lombrices, controladores biológicos, otros)‏
G.    Planificar, ejecutar y dar seguimiento al plan de siembra anual y las prácticas agroecológicas de cultivo, basadas en las investigaciones de uso de suelo y prácticas culturales.
H.    Incorporar otros proyectos socio productivos endógenos como: pecuarios, artesanales, gastronómicos, turísticos, artes y oficios, entre otros, basados en el diagnóstico local.
I.       Intercambiar y propiciar saberes ancestrales, campesinos, populares, culturales y tradicionales agroecológicos.
J.      Emplear tecnología popular apropiada y apropiable en el proceso de producción.
K.     Distribuir la productividad de manera justa, respetando los principios del Cooperativismo.
L.     Promocionar una alimentación sana, segura y soberana, promoviendo cambios en los hábitos alimenticios y patrones de consumo.
M.    Constituir organizaciones estudiantiles  (brigadas agroecológicas, cooperativas, comités conservacionistas,  otros),  con la participación de todos los actores de la Institucional, Familia y Comunidad.
N.    Desarrollar proyectos de investigación, Socio Productivo,  donde aborden problemática que están identificadas en el  PEIC.
O.    Impulsar a través de los proyectos pedagógicos productivos los valores y principios humanos y de manejo, uso y preservación de los recursos naturales.
P.     Presentar experiencias significativas agroproductivas que permitan fortalecer otras instituciones (Trabajos de Investigación, Proyectos Pedagógicos Productivos Endógenos, Ponencias, Talleres, otros)
Q.    Propiciar teorías y prácticas agroecológicas con el beneficio de las articulaciones del Ministerio del Poder Popular para la Educación con el Ministerio del PP para el Ambiente, Ministerio del PP para la agricultura y tierra, Instituto Nacional de Tierras,  Hidrosuroeste, entre otros.
R.    El docente no debe dejar suplente en caso de ausentarse para cumplir con actividades relacionadas con la Institución, de lo contrario debe dejar suplente
S.     Los horarios de clase se realizarán en función de los niños, niñas y adolescentes, para lo cual, se tomará en cuenta la siguiente distribución:
INICIAL: 45 MINUTOS
PRIMARIA: 1ero a 3ero 60 minutos; 4to a 6to 90 minutos.

TITULO V
ACTITUDES QUE ATENTAN CONTRA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA

CAPITULO I
COMUNES
ARTÍCULO 66: Los miembros del colectivo escolar incurren en faltas leves o graves cuando:
A.   Incumplen  sus deberes, funciones y responsabilidades.
B.   Llaman la atención de manera déspota, grosera y con exceso de tono de voz.
C.   Actúan en función de intereses políticos partidistas.
D.   Propician antivalores en la convivencia escolar.
E.   Buscan contacto físico o amoroso dentro de la Institución o sus adyacencias.
F.    No visualizan lo bueno de las actividades.
G.   Son individualista.
H.   Permitir la presencia de un tercero en el aula durante el horario de clase, es decir, que no tenga nada que ver con la jornada diaria.
I.      Violentan el normativo de convivencia
J.    No tienen sentido de pertenencia.
K.   Las suplencias deben ser hechas por personas graduadas o estudiantes de la carrera educación o afines.
L.    Hacen comentarios despectivos, burlones e irónicos en contra de un compañero de trabajo o a cualquier miembro de la comunidad escolar.




DIRECTIVOS
ARTÍCULO 67: Los Directivos  incurren en faltas leves o graves cuando:

A.   Emplean fondos del consejo educativo para en gastos ostentosos (alfombras, escritorio, lujosos, sillas entre otros).
B.   Contribuyen con la división, aislamiento e individualismo del personal.
C.   Tienen preferencias y privilegio hacia un grupo o persona en particular.
D.   Improvisan ante cualquier situación o problemática donde se amerite una decisión.
E.   Fomentan comentarios negativos del personal a su cargo por parte de la Comunidad Escolar y viceversa.
F.    Maltratan físicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.
G.   Son jefe y no líder.

DOCENTE
ARTÍCULO 68: Los Docentes incurren en faltas leves o graves cuando:
A.   Tienen preferencias con niños, niñas, padres y representantes.
B.   Etiquetan en forma positiva o negativa a un escolar.
C.   Demuestran apatía en el ejercicio de la docencia, dentro y fuera del aula.
D.   Envían niños, niñas y adolescentes a Dirección solos por medida de castigo
E.   Salen del aula frecuentemente.
F.    Asisten a su jornada diaria sin planificación.
G.   Responsabilizan al Directivo de todo lo acontecido.
H.   Maltratan físicamente a compañeros o escolares.
I.      No aceptan sugerencias ni correcciones de superiores o compañeros.

CAPITULO II
ADMINISTRATIVO Y OBRERO

ARTÍCULO 69: El personal Administrativo incurre en faltas leves o graves cuando:
A.   Redactan documentos con errores ortográficos.
B.   No entregan a tiempo los oficios solicitados por algún integrante del colectivo escolar.
C.   Hacen gestos de inconformidad y desagrado hacia cualquier personal.
D.   Se Inmiscuyen en conversaciones ajenas
E.   Toman decisiones sin consultarlo al jefe inmediato 

OBRERO
ARTÍCULO 70: El personal Obrero incurre en faltas leves o graves cuando:

A.   Negarse a prestar los materiales como: escoba, coleto y recogedor cuando los niños lo soliciten.
B.   No querer limpiar  cualquier eventualidad que ocurra en el salón o en otra parte de la Institución como: vómitos, derrame de líquido, comida entre otros.
 CAPITULO III
MADRES, PADRES Y RESPONSABLES
ARTÍCULO 71: Las Madres, Padres o Responsables incurren en faltas leves o graves cuando:
A.   No respetan la hora de las reuniones
B.   Hablan mal delante de su representado de algún docente de la institución
C.   Restan autoridad a un docente.
D.   Envían con su representado artículos para que los venda en la escuela.
E.   No cumplen con las citaciones por parte de Docente o Bienestar.
F.    No envían a los niños, niñas y adolescentes su merienda respectiva (cuando no hay PAE).

CAPITULO IV
ESTUDIANTES

ARTÍCULO 72: Los Escolares incurren en faltas leves o graves cuando:

A.   Quitan a la fuerza, por juego  y sin permiso la merienda de algún escolar
B.   Entran sin autorización del docente a los demás salones de clase
C.   No respetan a los patrulleros escolares
D.   Permanecen a la hora del receso en las instalaciones de la cocina
E.   Incumplimiento reiterado de las asignaciones o compromisos para la casa.



TITULO VI
DEL PROCEDIMIENTO
CAPITULO I

COMUNES
ARTÍCULO 73: A los efectos de aplicación de sanciones disciplinarias las faltas cometidas se clasifican en leves y graves  acatando procedimientos de las distintas leyes, además de los siguientes:

A.   El integrante de una comisión en particular que no asista a la actividad convocada independientemente que tenga justificativo, deberá cumplir en la próxima actividad sin ayuda de los Docentes que asistieron a la anterior.
B.   El integrante de la comunidad escolar que dañe, parta o deteriore un bien de la Institución, deberá arreglar o sustituir dicho bien.
C.   El fondo común es obligatorio y no debe dejarse acumular más de dos meses, de lo contrario será sancionado con una multa equivalente al 50% de la mensualidad.

CAPITULO II
PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE

ARTÍCULO 74: Los Profesionales de la Docencia en el ejercicio de los cargos de Directivos, Coordinadores, Especialistas o Docentes de Aula con
funciones en la Institución, serán sancionados por el incumplimiento o trasgresión de algunas de las normas aquí establecidas en la LOPNNA, LOE, Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, Resoluciones y demás normativas emanada del Ministerio de Educación y Dirección de Educación del Estado Táchira.
ARTÍCULO 75: Serán causales de amonestación oral cuando se incurra en las siguientes faltas:

A.   Cuando  un Docente etiquete en forma positiva o negativa a un compañero de trabajo o estudiante.
B.   Cuando es jefe y no líder.
C.   Cuando contribuya con la división, aislamiento e individualismo del personal.
D.   Cuando tiene preferencias y privilegio hacia un grupo o persona en particular.
E.   Cuando improvisa ante cualquier situación o problemática donde se amerite una decisión.
F.    Al fomentar comentarios negativos del personal a su cargo por parte de la Comunidad Escolar y viceversa.
G.   Enviar niños, niñas y adolescentes a Dirección como medida de castigo solos.
H.   Al incumplir con el uniforme de la Institución.
I.      Al tomar merienda  sin permiso ni agradecer de los niños, niñas y adolescentes.
J.    Demuestra apatía en el ejercicio de la docencia, dentro y fuera del aula.
K.   Envían niños, niñas y adolescentes a Dirección solos por medida de castigo
L.    Salen del aula frecuentemente.
M.   Asisten a su jornada diaria sin planificación.
N.   Responsabilizan al Directivo de todo lo acontecido.
O.   No aceptan sugerencias ni correcciones de superiores o compañeros.


ARTÍCULO 76: Serán causales de amonestación escrita cuando se incurra en las siguientes faltas:
A.   Incumplimiento de sus deberes, funciones y responsabilidades en reiteradas ocasiones.
B.   Buscar contacto físico o amoroso dentro de la Institución o sus adyacencias.
C.   No cumplir con la entrega de evaluaciones en el tiempo establecido a los Niños, niñas, Padres, Madres o Representantes.
D.   Decir que asistieron a talleres en horario laboral en representación de la escuela y no cumplieron.
E.   Falsificar documentos o recaudos solicitados por Dirección.
F.    Maltratan físicamente a compañeros o escolares.
G.   No informar las inasistencias reiteradas de los niños, niñas y adolescentes por lo menos después de una semana de ausencia.

CAPITULO III
PERSONAL ADMINISTRATIVO, PERSONAL OBRERO, MADRES, PADRES Y RESPONSABLES

PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 77: Será objeto de amonestación oral cuando incurra en:

A.   Cuando cometa errores ortográficos en la transcripción de oficios será sancionado con la reposición del material dañado o perdido por el error.
B.   No entregan a tiempo los oficios solicitados por algún integrante del colectivo escolar.
C.   Hacen gestos de inconformidad y desagrado hacia cualquier personal.
D.   Se Inmiscuyen en conversaciones ajenas
E.   Toman decisiones sin consultarlo al jefe inmediato
F.    Incumplimiento del uniforme. 

ARTÍCULO 78: Será objeto de amonestación escrita cuando incurra en:
A.   Una falta que el Directivo considere que se violentó el normativo y es tan grave que amerite la amonestación.

PERSONAL OBRERO
ARTÍCULO 79: Será objeto de amonestación oral cuando incurra en:
A.   Negarse a prestar los materiales como: escoba, coleto y recogedor cuando los niños lo soliciten.
B.   No querer limpiar  cualquier eventualidad que ocurra en el salón o en otra parte de la Institución como: vómitos, derrame de líquido, comida entre otros.
C.   Ausentarse de manera injustificada o retirarse antes de cumplir su horario de trabajo.
ARTÍCULO 80: Será objeto de amonestación escrita cuando incurra en:
A.   Una falta que el Directivo considere que se violentó el normativo y es tan grave que amerite la amonestación.

MADRES, PADRES Y RESPONSABLES
ARTÍCULO 81: La no inscripción de su representado en los lapsos correspondientes acarrea un llamado de atención, de no asistir en el tiempo de la convocatoria llevará como consecuencia una sanción administrativa prestando un servicio comunitario a la Institución.




CAPITULO IV
ESTUDIANTES
ARTÍCULO 82: Será objeto de amonestación oral o escrita cuando:

A.   Los correctivos a que se hace merecedor el estudiante por el incumplimiento de las normas reglamentarias, se establecen de acuerdo a la disposición del marco legal aplicable (art. 57 de la LOPNA, disposiciones transitorias de la LOE. Capitulo VII disposiciones transitorias primera numeral 10).
B.   Llamada de atención en privado. La hará el docente de aula o especialista en forma personal con el niño, niña y adolescentes que ha incurrido en falta leve; cada docente debe llevar el registro de estas incidencias.
C.   Si el estudiante repite la falta leve, se elabora una amonestación escrita. Se notifica al representante. Luego se archiva en la carpeta del estudiante. Tres amonestaciones conducen a una falta grave. (Una verbal y dos escritas).
D.   Cuando se trate de una falta grave inmediatamente se notifica a Bienestar Estudiantil y se procederá a levantar el acta con notificación escrita al representante y citación por escrito para informar comportamiento del estudiante.
E.   La acumulación de tres (3) faltas graves, amerita acompañamiento de la Madre, Padre o Responsable a talleres obligatorios de ESCOFAMI  así como la asistencia a tres (3) días con el escolar al aula de clase. Cumplido con el respectivo taller como correctivo y no se logra cambio o modificación de conducta o disciplina, el escolar será remitido con actas a Defensoría Educativa (aplica art. 5, 54,55, 57, 358 y 359 LOPNNA)

TITULO VII
DEL CENTRO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ESCOLAR

CENTRO DE TOLERANCIA, SOLUCIÓN Y COMPROMISO
ARTÍCULO 83: Ante un conflicto entre dos niños, niñas o adolescentes, pondremos en marcha el CENTRO DE TOLERANCIA, SOLUCIÓN Y CONFLICTO; caracterizada por ser una mesa pequeña, con dos sillas, una campana y una flor o pequeño adorno que simbolice la Paz.

INTEGRANTES
·         PERSONAL DIRECTIVO
·         BIENESTAR ESTUDIANTIL
·         DOCENTES
·         DEFENSORÍA EDUCATIVA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
A.   Ante un conflicto, una de las dos partes, puede invitar a la otra parte a CENTRO DE TOLERANCIA, SOLUCIÓN Y CONFLICTO o puede ser que ambos decidan acudir a ella.
B.   Los implicados se dirigen a la mesa, se sientan, y comienzan a hablar: el primero que empieza a hablar, coloca una mano en la mesa y otra en el corazón, como muestra de que lo que va a decir, es verdad.  De esta forma, indica a la otra parte, cómo se siente y cómo le gustaría que se solucionase el incidente que les ha llevado a esta situación. Una vez ha terminado de exponer, retira la mano de la mesa: es la señal para ceder el turno a la otra parte
C.   El segundo niño, procede de la misma forma, y así, estableciendo un diálogo, los niños llegan a un acuerdo. Llegado este momento, ambas partes hacen sonar juntos la campana que previamente habíamos dejado en la mesa; este sonido anuncia que el conflicto ha quedado solucionado.
D.   Si no consiguen llegar a un acuerdo, tal vez, necesiten un mediador y en ese caso se citará a Defensoría Educativa.

TITULO VIII
DE LA EVALUACIÓN
CAPITULO I.
PRINCIPIOS DE LA EVALUACIÓN
ARTÍCULO 84: La evaluación constituye un proceso permanente dirigido a identificar y analizar tanto las potencialidades para el aprendizaje, los valores, los intereses y las actitudes del estudiante para estimular su desarrollo, como aquellos aspectos que requieran ser corregidos o reorientados.

CAPITULO II
TIPOS DE EVALUACIÓN
CAPITULO III
FORMAS DE EVALUACIÓN
(MÉTODOS, ESTRATEGIAS, PROCEDIMIENTO)

LA EVALUACIÓN DE EDUCACIÓN INICIAL
ARTÍCULO 85: La evaluación será un proceso de valoración del desarrollo del niño. Consistirá en la apreciación cualitativa de su desarrollo integral, en función de las áreas cognitiva, socio emocional, psicomotora del lenguaje y física. Se realizará en forma continua y se informará a las madres, padres, representantes o responsables mediante un informe descriptivo al culminar el respectivo proyecto. Las madres, padres, representantes y responsables deben estar informados del proceso educativo de su representado, para tal fin, pueden solicitar cita  con la Maestra del estudiante. Esto con el fin de que se le otorgue la debida atención por parte del personal requerido en su visita a La Institución, y no interfiera en las actividades académicas de la Coordinación o de los docentes.

LA EVALUACIÓN DE EDUCACION PRIMARIA

ARTÍCULO 86: La Dirección, Coordinadora de Formación Permanente y los Docentes de la misma, establecerán los diferentes parámetros para el desarrollo de la evaluación en este nivel educativo, de acuerdo a la legislación vigente y a los siguientes lineamientos:

A.   Los docentes de cada uno de los grados presentarán a la Coordinación de Formación Permanente su planificación semanal para su revisión y control.
B.   Cada Docente llevará el control de las evaluaciones de cada uno de los estudiantes,  su asistencia, citaciones al representante, visitas del representante, observaciones, incidencias  y otros controles en un Instrumento de evaluación que amerite. Este instrumento debe ser llenado oportunamente por los docentes y entregado a la Coordinación para su revisión.
C.   La educación es un derecho inalienable de los niños, niñas y adolescentes. Por tal motivo, la asistencia diaria a la escuela y a las actividades que se planifiquen fuera de ella de acuerdo con los Proyectos Pedagógicos es obligatoria y responsabilidad de los Padres o representantes.
D.   El Proyecto Pedagógico de aula se originará de la evaluación diagnóstica. Estará centrado en los intereses y necesidades de los niños, niñas y adolescentes, resultará del intercambio de ideas entre el docente y los estudiantes de acuerdo con el contexto histórico-social.
E.   La Evaluación de resultados se realizará al concluir un proyecto y determinará cuales competencias están iniciadas, en proceso o fueron consolidadas como aprendizajes significativos reflejados en el informe descriptivo.
F.    Cada Docente realizará  los proyectos de aula según lineamientos que emane la Dirección de Educación.
G.   El informe descriptivo final recogerá la actuación del estudiante durante el año escolar y será entregado al representante, en la fecha asignada dentro del Cronograma del Año Escolar. En ningún caso se establecerá dentro de cada lapso la ponderación o literal para cada estudiante. Para el Informe final del año escolar según las competencias alcanzadas por cada estudiante, el docente colocará el literal correspondiente a la evaluación del estudiante.
H.   La expresión cualitativa de la evaluación de los niños y niñas de Educación Primaria se hará de manera descriptiva, en forma global y en términos literales, de la siguiente manera:
H.1 (A) El estudiante alcanzó todas las competencias y en algunos casos superó las expectativas para el grado.
H.2 (B) El estudiante alcanzó todas las competencias previstas para el grado.
H.3 (C) El estudiante alcanzó la mayoría de las competencias previstas para el grado.
H.4 (D) El estudiante alcanzó algunas de las competencias previstas para el grado, pero requiere de un poco de nivelación al inicio del nuevo año escolar para alcanzar las restantes.
H.5 (E) El estudiante no logró adquirir las competencias mínimas requeridas para ser promovido al grado inmediatamente superior.
H.6 El representante tomará las medidas respectivas para darle apoyo y nivelar al estudiante en caso de obtener literal D y así estar nivelado para el inicio del próximo año escolar.
H.7 Los trabajos en grupos en la Educación Primaria serán asesorados por el Docente del grado y evitará en lo posible incentivar estos trabajos  fuera del horario escolar o de la Institución.
H.8 Las actividades asignadas para el hogar  son   refuerzo de los contenidos vistos en el aula. El objetivo es crear hábitos de trabajo, de estudios y fomentar valores como responsabilidad, puntualidad y presentación. Las mismas se  enviarán diariamente.
H.9 El Plan de Evaluación de la Educación Primaria es cualitativo. Se dará mayor ponderación a los aspectos que impliquen esfuerzos continuos y adquisición de hábitos y destrezas.







CAPITULO IX
CORRESPONSABILIDAD EN LOS PROCESOS DE
 ENSEÑAR Y APRENDER

ARTÍCULO 87: Familia, Escuela y Comunidad forman la triada responsable en los procesos de enseñar y aprender en nuestra Institución, siendo participes directos  en los compromisos educativos que fomentan el desarrollo de Valores. Sus integrantes actuarán en el proceso de educación ciudadana de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República, leyes y demás normas que rigen el Sistema Educativo.

TITULO IX
DE LA CONSTRUCCIÓN, REVISIÓN Y MODIFICIACIÓN DEL
ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA

ARTÍCULO 88: Para que este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria logre sus objetivos es necesario que sea publicado y conocido por todas las personas que integran La U.E.E.Dr. JOSÉ ALBERTO VELANDIA. En consecuencia, se deben tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que los estudiantes, madres, padres, representantes y responsables, personal obrero, administrativo, docente y directivo, así como cualquier persona natural o jurídica vinculada a la U.E.E.Dr. JOSÉ ALBERTO VELANDIA conozcan y tengan acceso a dicho Manual.
Dentro de estas medidas la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia deberá:
1.    Disponer de una copia de este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria para uso, consulta y fotocopia del público, en la Dirección del plantel.
2.    Hacer de su conocimiento y promover la aplicación de las disposiciones que se encuentran en el Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria a los docentes, niños, niñas y adolescentes, al personal administrativo y obrero, madres, padres, representantes y responsables al momento de la inscripción de los niños, niñas y adolescentes. Será condición “sine qua non” para proceder a la formalización de la inscripción del niño, niña y adolescente la aceptación explícita y por escrito de los Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia por parte de las madres, padres, representantes o responsables.
3.    Promover espacios de difusión del contenido de este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria tales como reuniones, encuentros, talleres o asambleas dirigidos a todas las personas que integran la Comunidad  Escolar.
4.    En caso de existir dudas acerca del contenido de las disposiciones de cualesquiera copias de estos instrumentos normativos, se tendrá como cierto y fidedigno el contenido de las copias originales que se mantienen en los archivos mencionados.














DERECHOS DE AUTOR

ARTÍCULO 89: Todos los contenidos de este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria de la Unidad Educativa Dr. José Alberto Velandia, son de derecho y uso de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia. En su primera edición  año 2013-2014, fue elaborado y mejorado hasta la fecha con el aporte, colaboración y revisión continua de las siguientes personas:
DIRECTIVO
COORDINADORES
DOCENTES
ESTUDIANTES
PERSONAL OBRERO
PERSONAL ADMINISTRATIVO
MADRES, PADRES O RESPONSABLES
MIEMBROS DE CONSEJO EDUCATIVO
DEFENSORÍA EDUCATIVA


REFORMAS AL MANUAL

ARTÍCULO 90: Este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria será revisado cada año y las modificaciones que se consideren necesarias serán sometidas a aprobación del Consejo Educativo de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, antes de su inserción definitiva.






SITUACIONES Y ASUNTOS NO PREVISTOS

ARTÍCULO 91: Todas las situaciones y asuntos no previstos en los acuerdos contenidos en este Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar Comunitaria de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia, o los Reglamentos Especiales, Leyes vigentes, o directrices emanadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación o Dirección de Educación del Estado Táchira, serán resueltos o decididos por el Consejo Educativo de la Unidad Educativa Estadal Dr. José Alberto Velandia.


TRANSCRIPCIÓN Y REDACCIÓN
Profesora Maribel Figuera – Directora
Profesor Pablo Mora – Docente de Música
Profesora Derlis Rosales – Coordinadora Formación Permanente
Profesor Carlos Pannacci – Coordinador del Centro de Recursos para los Aprendizajes